DECRETO 162/2007, de 5 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y se modifica el Decreto 97/2004, de 9 de marzo, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2004 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 162/2007, de 5 de junio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público para el año 2007 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y se modifica el Decreto 97/2004, de 9 de marzo, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2004 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 55.2 dispone que corresponde a la Comunidad Autónoma la competencia compartida con el Estado sobre el régimen estatutario y la formación del personal que presta servicios en el sistema sanitario público.

El artículo 70.2 de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, así como el artículo 35.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, disponen que las ofertas de empleo públicas se aprobarán por Consejo de Gobierno.

La regulación de la Oferta de Empleo Público de los centros sanitarios del Servicio Andaluz de Salud para el año 2007 viene determinada por el artículo 4 del Decreto 136/2001, de 12 de junio, por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud y por lo dispuesto en los dos primeros apartados del artículo 22 de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007.

El constante incremento de los servicios que el Servicio Andaluz de Salud presta a la ciudadanía, la implantación de nuevos procesos asistenciales, la adaptación de nuevas tecnologías y la necesidad de potenciar los servicios que se vienen prestando, hacen necesario disponer de equipos de trabajo estables acorde a lo que exige la gestión por competencias en una administración moderna. Por ello, en la Administración Sanitaria, resulta preciso ofertar las plazas que garanticen los objetivos establecidos para el buen funcionamiento de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, dada la naturaleza del servicio que prestan y de acuerdo con las previsiones contenidas en la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía.

El Decreto 54/2002, de 19 de febrero, estableció un proceso extraordinario de consolidación y provisión de plazas de personal estatutario en las Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud. La amplitud y complejidad del desarrollo y ejecución de dicho proceso extraordinario no han permitido hasta ahora desarrollar el Decreto 97/2004, de 9 de marzo, por el que se aprobó la Oferta de Empleo Público para el año 2004 de los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud.

El citado proceso extraordinario se encuentra actualmente en su fase final, lo que nos permite seguir avanzando en la reordenación del personal estatutario de los centros asistenciales del Servicio Andaluz de Salud, no sólo desarrollando la oferta de empleo público del 2004 sino aprobando una nueva oferta de empleo público para el año 2007. No obstante y atendiendo a razones de oportunidad, eficacia, eficiencia y racionalidad en la gestión de las convocatorias, las plazas correspondientes a la oferta de empleo publico que se aprueba mediante el presente Decreto y las correspondientes a la oferta de empleo público aprobada por el Decreto 97/2004, de 9 de marzo, se convocarán conjuntamente. Las citadas convocatorias que se efectúen en desarrollo del presente Decreto deberán realizarse dentro del...

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