DECRETO del Presidente 1/1998, de 24 de marzo, de asignación de competencias.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO del Presidente 1/1998, de 24 de marzo, de asignación de competencias.

Por Decreto 148/1994, de 2 de agosto, se asignó a la Consejería de Cultura las competencias relativas al voluntariado, permaneciendo esta atribución tras las reestructuraciones operadas por Decretos 132/1996, de 16 de abril, y 382/1996, de 1 de agosto.

Dada la actual configuración de la Consejería de Cultura, la experiencia acumulada en los últimos años, así como la importancia del componente social del voluntariado, es aconsejable asignar dicha competencia a la Consejería de Asuntos Sociales.

En virtud de lo que establecen los arts. 16.4 y 36.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

D I S P O N G O

Artículo Unico Asignar las competencias en materia de voluntariado a la Consejería de Asuntos Sociales.
Disposición Adicional Unica Se faculta a la Consejería de Economía y Hacienda para realizar las supresiones, transferencias y modificaciones de créditos necesarias para dar cumplimiento a lo previsto en este Decreto.
Disposición Derogatoria Unica Quedan derogadas cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan al presente Decreto.
Disposición Final Unica El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 24 de marzo de 1998

MANUEL CHAVES GONZALEZ

Presidente de la Junta de Andalucía

Ver Anexo en PDF adjunto.

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