Orden de 13 de mayo de 2020, por la que se acuerda la continuación de diversos procedimientos de elaboración de proyectos normativos y consultas públicas previas en el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible
Rango de LeyOrden

El Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, dispone en su artículo 6 que cada Administración conservará las competencias que le otorga la legislación vigente en la gestión ordinaria de sus servicios, para adoptar las medidas que estime necesarias en el marco de las órdenes directas de la autoridad competente a los efectos del estado de alarma y sin perjuicio de lo que establecen los artículos 4 y 5.

Esta misma norma, en su disposición adicional tercera, apartado 4, preveía la suspensión de todos los plazos administrativos, con la sola excepción de aquellos procedimientos y resoluciones referidos a situaciones estrechamente vinculadas a los hechos justificativos del estado de alarma. Posteriormente, el Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, establece la modificación del apartado 4 de la disposición adicional tercera y habilita a la Administración para acordar motivadamente la continuación de aquellos procedimientos administrativos que sean indispensables para la protección del interés general.

Resulta así mismo de interés lo manifestado al respecto por el Consejo Consultivo de Andalucía en su Dictamen 216/2020, donde expone que «como regla de principio, estos procedimientos (de elaboración de una disposición reglamentaria) deben considerare indispensables para la protección del interés general o para el funcionamiento básico de los servicios, una de las excepciones a la suspensión de plazos introducidas en la redacción dada a la norma comentada por el artículo único del Real Decreto 465/2020, de 17 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19».

Teniendo en cuenta la importancia estratégica de los sectores de la cadena agroalimentaria, fundamentales para el suministro de alimentos, en particular en estos momentos de crisis, así como el mantenimiento de la actividad y el tejido social en las zonas rurales, se considera fundamental el apoyo a estos sectores así como mantener el sistema de ayudas que contribuyen a su sostenibilidad.

En términos similares hemos de referirnos al área medio ambiental de esta Consejería. La actual situación de crisis, en la medida de lo posible, no debería limitar la continuación de determinados proyectos que se consideran esenciales en este ámbito y cuya paralización producirían de manera clara un grave perjuicio para el desarrollo sostenible de esta Comunidad.

Para la consecución de estos objetivos se hace necesario por tanto avanzar en la tramitación de determinados proyectos normativos que actualmente se encuentran en tramitación en esta Consejería. La suspensión de plazos en estos supuestos está generando por tanto un grave perjuicio al interés general, constando a esta Administración en la mayoría de los casos un amplio consenso de los sectores implicados en la necesidad de levantar la suspensión de estos plazos.

El artículo 45 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía regula los trámites de audiencia y de información pública de aquellos proyectos normativos de rango reglamentario en los supuestos en los que una disposición afecte a los derechos e intereses legítimos de la ciudadanía. En el ámbito de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, se encuentran en uno de estos dos trámites una serie de proyectos normativos cuya aprobación definitiva contribuirán a la reactivación económica de nuestra comunidad favoreciendo, directa o indirectamente, el mantenimiento o creación de empleo como garantía de la protección del interés general.

Así, se considera necesario reanudar los plazos de información pública establecidos en la Resolución de 26 de febrero de 2020, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, del Proyecto de Orden por las que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía, todo ello atendiendo a la necesidad de dotar al sector de un tejido asociativo lo suficientemente reforzado para afrontar con mayor garantía la situación generada por la actual situación de crisis sanitaria.

En el mismo sentido, es preciso continuar de manera urgente el Proyecto de Orden por la que se modifica puntualmente la Orden de 5 de julio de 2018, por la que se fijan las vedas y periodos hábiles de caza en el territorio de la Comunidad de Andalucía, todo ello atendiendo a la necesaria entrada en vigor de la modificación contenida en el proyecto en una fecha concreta, por lo que dada la premura de tiempo, no resulta procedente suspender trámite alguno al respecto y en concreto, el de información pública que se evacuará en fechas próximas.

Por otro lado, es necesario continuar con la tramitación del Proyecto de Orden por la que se aprueban las bases reguladoras de la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para el apoyo a las inversiones en explotaciones agrícolas en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Andalucía 2014-2020 (submedida 4.1), cuyo trámite de información pública se encontraba pendiente de publicar. Se trata de una línea de subvenciones directamente relacionada con la actividad económica en el sector agrario y de vital importancia para recuperación económica del mismo.

En cuanto a la rehabilitación del trámite de información pública, es necesario también continuar con el Proyecto de Orden por la que se aprueba el programa sanitario de prevención, control y erradicación de la Rinotraqueitis infecciosa bovina en Andalucía (IBR). Esta orden establece el programa sanitario para el control de la Rinotraqueitis Infecciosa Bovina (IBR) en Andalucía. Su puesta en marcha no debe sufrir retrasos en aras a garantizar la sanidad de la cabaña ganadera andaluza.

Por último, se requiere continuar el trámite de información pública al que será sometido el Proyecto de Orden por el que se establecen los procedimientos y criterios de elección de las personas miembros de los Consejos del Agua de las Demarcaciones Hidrográficas de la Junta de Andalucía. El grave perjuicio al interés público que se produciría de no continuarse con la tramitación de la Orden deviene de las propias funciones a desarrollar por estos órganos colegiados, entre las que se encuentran las de informar el esquema provisional de temas importantes, siendo precio por tanto constituir dichos órganos.

Por su parte, el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que con carácter previo a la elaboración del proyecto o anteproyecto de ley o de reglamento, se sustanciará una consulta pública, a través del portal web de la...

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