Orden de 26 de junio de 2014, por la que se actualizan los importes de financiación que se determinan en el Catálogo General de Ortoprotésica de Andalucía.

Fecha de Entrada en Vigor 1 de Agosto de 2014
Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Igualdad, Salud y Políticas Sociales
Rango de LeyOrden

El Decreto 195/1998, de 13 de octubre, por el que se regula la prestación ortoprotésica, aprueba el Catálogo General de Ortoprotésica en el que se incluyen las prótesis externas, ortesis, vehículos para inválidos y prótesis especiales que pueden ser prescritas, dispensadas y financiadas por el Sistema Sanitario de la Junta de Andalucía en las condiciones y cuantías que en cada caso se determinen. Este Catálogo ha sido objeto de actualización a través de sucesivas disposiciones administrativas de carácter general.

En la Comunidad Autónoma de Andalucía, la prestación ortoprotésica se facilita mediante la dispensación por el establecimiento de ortopedia del producto ortoprotésico incluido en el Catálogo, sin que el usuario deba abonar importe alguno por el mismo ni tampoco adelantarlo. El Servicio Andaluz de Salud, a través de sus hospitales, deberá abonar al establecimiento de ortopedia dispensador los productos que hubieran sido correctamente facturados.

La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del Sistema Nacional de Salud, regula la ordenación de las prestaciones sanitarias. La prestación ortoprotésica se encuentra incluida en la cartera común suplementaria del Sistema Nacional de Salud. Las comunidades autónomas pueden aprobar, en el ámbito de sus competencias, sus respectivas carteras de servicios que incluirán la cartera común.

Por otra parte, en el apartado 3 del artículo 8 quinquies de la citada Ley se establece que las comunidades autónomas deberán destinar los recursos económicos necesarios para asegurar la financiación de la cartera común de servicios, siendo preceptiva para la aprobación de la cartera de servicios complementaria de una comunidad autónoma la garantía previa de suficiencia financiera en el marco del cumplimiento de los criterios de estabilidad presupuestaria.

En este sentido, a partir de la reforma del artículo 135 de la Constitución Española, se incorpora el principio de estabilidad presupuestaria en las actuaciones de todas las Administraciones Públicas. En cumplimiento de este mandato constitucional la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, introduce, además, los principios de sostenibilidad financiera, responsabilidad y lealtad institucional.

Para garantizar el cumplimiento de estos principios y de...

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