Orden de 1 de febrero de 2017, por la que se modifica la Orden de 1 de diciembre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, y se efectúa su convocatoria para el ejercicio 2017.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de la Presidencia y Administración Local
Rango de LeyOrden

Por Orden de 1 de diciembre de 2015, de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, se aprobaron las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, y se efectuaba su convocatoria para el ejercicio 2016.

La citada Orden integraba las bases reguladoras aprobadas mediante la Orden de 5 de octubre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, por lo que no sufren modificación alguna en esta norma. No obstante, con objeto de mejorar la tramitación procedimental de la concesión de dichas subvenciones se han realizado las adaptaciones técnicas oportunas en el Cuadro Resumen de las bases reguladoras.

Las modificaciones que se incluyen en esta Orden, si bien no afectan al objeto de las subvenciones, presentan básicamente una triple naturaleza. En primer lugar, se viene a identificar el tipo de entidades sin ánimo de lucro que puede solicitar las subvenciones, delimitando con claridad su ámbito subjetivo, y se concretan los requisitos que deben reunir las mismas. En segundo lugar, se introduce una necesaria concreción en el plazo dentro del cual deben haberse realizado los gastos subvencionables, para integrar el texto de la Corrección de errores de la Orden de 1 de diciembre de 2015, publicada en el BOJA número 14, de 22 de enero de 2016. Por último, se introducen algunas modificaciones en los criterios de valoración y sus puntuaciones y en la documentación acreditativa a presentar junto con el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos del Anexo II. En consecuencia, todos estos cambios recomiendan introducir las adaptaciones necesarias en el Cuadro Resumen de las bases reguladoras y en el formulario de solicitud del Anexo I.

En su virtud de lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 118 del Texto Refundido de la Ley General de Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, el artículo 4.6 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 46.4 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden de 1 de diciembre de 2015, por la que se aprueban las bases reguladoras de concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, y se establece su convocatoria para el año 2016.

  1. El Cuadro Resumen de las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades andaluzas sin ánimo de lucro, en régimen de concurrencia competitiva, para la realización de actividades o actuaciones no inversoras relacionadas con la promoción de los valores e identidad andaluces, así como la proyección de la imagen de Andalucía, aprobadas por la Orden de 1 de diciembre de 2015, queda...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR