ORDEN de 14 de mayo de 1993, modificativa de las competencias y composición de las Comisiones Andaluzas y Provinciales de las Juegos Deportivos de Andalucía, creadas por la Orden de 12 de noviembre de 1985. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Medio Ambiente
Rango de LeyOrden

El Estatuto de Autonomía para Andalucía recogió, entre las competencias exclusivas de la Comunidad Autónoma, la referente al "Deporte y Ocio" (Art. 13.31). Por ser ésta una materia cuyo fomento e interés trasciende del ámbito puramente local para insertarse dentro de la promoción de la cultura, del deporte regional, se impone la colaboración entre las administraciones públicas y las Federaciones deportivas, dado que estas últimas ejercen funciones públicas por delegación, según el artículo 30.2 de la Ley 10/1990 de 15 de Octubre del Deporte, y en base al principio de coordinación entre las Administraciones públicas consagrado en el artículo

103.1ro. de la Constitución, recogido en el artículo 10 de la Ley de Bases de Régimen Local de 2 de Abril de 1985, así como el artículo 1.2 de la referenciada Ley del Deporte.

Al mismo tiempo la participación en las tareas de las Comisiones reguladas en esta Orden por parte de las Federaciones Deportivas Andaluzas, hará posible dar cumplimiento a lo previsto en el artículo

23.1ro. de la Constitución, en cuanto a intervención ciudadana en los asuntos de su interés.

En virtud de tales planteamientos (exceptuando la referencia a la Ley del Deporte 10/1990 que, obviamente, no pudo tenerse en cuenta), la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, dictó la Orden de 12 de Noviembre de

1985, sobre creación y competencias de las comisiones andaluza y provinciales de los Juegos Deportivos...

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