Decreto 592/2019, de 19 de noviembre, por el que se crea y regula el Comité Director de Compra Pública de Innovación de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad
Rango de LeyDecreto

Mediante Acuerdo de 4 de septiembre de 2018, del Consejo de Gobierno, se aprobó la Estrategia para el Impulso y Consolidación de la Compra Pública de Innovación en la Administración Pública de la Junta de Andalucía (en adelante, Estrategia CPI).

La aprobación de dicha Estrategia CPI supuso la plasmación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía de las previsiones del documento denominado «Unión por la Innovación», una de las siete iniciativas emblemáticas anunciadas en la Estrategia Europa 2020, que tiene como objetivo mejorar las condiciones de financiación y el acceso a la misma para la investigación y la innovación, a fin de garantizar que las ideas innovadoras puedan convertirse en productos y servicios que generen crecimiento y empleo. Específicamente, se establece como objetivo eliminar los obstáculos a la innovación, superando la infrautilización de la contratación pública de innovación observada entre los órganos con competencia de contratación de las distintas Administraciones de los Estados miembros de la Unión Europea. La Estrategia CPI se encuentra alineada en el marco estratégico nacional con la Estrategia Española de Ciencia y Tecnología y de Innovación 2013-2020 así como con el Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020. Asimismo, a nivel regional, se alinea con un conjunto de herramientas de planificación de las que se ha dotado la Junta de Andalucía, como son: el Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo e Innovación, PAIDI 2020, la Estrategia de Innovación de Andalucía 2020, RIS3 Andalucía, la Agenda por el Empleo - Plan Económico de Andalucía 2014-2020 - Estrategia para la Competitividad, la Estrategia Industrial de Andalucía 2020, el Programa Operativo FEDER Andalucía 2014-2020 y la Estrategia de Impulso del Sector TIC Andalucía 2020.

A su vez, la Estrategia CPI aprobada por el Consejo de Gobierno se ha elaborado de acuerdo con el marco normativo estatal y comunitario en materia de CPI, establecido fundamentalmente por la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se transponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014. Adicionalmente, se contemplan otros criterios y pautas como las establecidas en la «Guía 2.0 para la CPI» elaborada a iniciativa del entonces Ministerio de Economía y Competitividad por miembros del Observatorio de Contratación Pública.

Necesariamente, la Estrategia CPI requiere establecer mecanismos de coordinación entre los distintos órganos y entidades instrumentales que componen la Administración Pública de la Junta de Andalucía.

Para ello, con el presente decreto se crea el Comité Director de Compra Pública de Innovación de la Administración de la Junta de Andalucía, en adelante, el Comité Director, de acuerdo con las previsiones recogidas en la Estrategia CPI, concretamente en el epígrafe 16 y en el Programa 1.1 de coordinación de políticas públicas para el desarrollo de la CPI. Se regulan asimismo su composición y funciones, incluyendo la capacidad de decisión necesaria para implementar el conjunto de medidas que se acuerden a través de esta Estrategia en la Administración de la Junta de Andalucía. La creación y normas de funcionamiento de este órgano colegiado, da cumplimiento tanto a la normativa básica de aplicación prevista en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, como a la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

El presente decreto consta de dos capítulos: el primero en el que se establecen disposiciones generales y las funciones del Comité Director y el segundo donde se regulan su composición y normas de funcionamiento. Asimismo, se incluyen dos disposiciones adicionales, una respecto a la constitución del Comité Director, y otra relativa a la creación del Consejo Asesor Andaluz de CPI, una disposición transitoria relativa a la Unidad de Compra Pública de Innovación de Andalucía, una disposición final primera facultando para el desarrollo y ejecución del propio decreto a la persona titular de la Consejería con competencias en materia de investigación científica y técnica, desarrollo e innovación (en adelante I+D+i), y una disposición final segunda regulando su entrada en vigor.

El proyecto normativo se ha elaborado en virtud de la potestad autoorganizatoria de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y en el ejercicio de la competencia exclusiva que le atribuye el artículo 47.1.1.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía, sobre la estructura y regulación de los órganos administrativos públicos de Andalucía y de sus organismos autónomos.

Junto con este precepto estatutario debe mencionarse, en relación con el ámbito competencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía, lo establecido en el artículo 54, en materia de investigación, desarrollo e innovación tecnológica atribuyendo la competencia exclusiva sobre el establecimiento de líneas propias de investigación y el seguimiento, control y evaluación de los proyectos. Además la innovación, la investigación científica, y las iniciativas emprendedoras públicas y privadas se configuran como un objetivo básico en el ejercicio de los poderes por la Comunidad Autónoma en defensa del interés general, previsto en el artículo 10.3.11.ª del Estatuto de Autonomía para Andalucía.

Además de estos preceptos, el Estatuto de Autonomía para Andalucía incide en la importancia del fomento de la capacidad emprendedora, la investigación y la innovación, al mencionarlo en el artículo 37.1.13.ª como un principio rector que orientará las políticas de los poderes públicos de la Comunidad Autónoma. Además, el artículo 157.4 establece que la política económica de Andalucía promoverá la capacidad emprendedora y de las iniciativas empresariales, incentivando entre otros aspectos, las relaciones entre la investigación, la Universidad y el sector productivo, y el artículo 163.1 determina que la Comunidad Autónoma atenderá a la modernización, innovación y desarrollo de todos los sectores económicos, a fin de propiciar un tejido productivo de calidad.

La presente norma es coherente con los principios de buena regulación establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En cuanto a los principios de necesidad y eficacia, la creación y...

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