ORDEN de 27 de julio de 1991, sobre concesión de subvenciones a conservatorios de Música no estatales y Centros reconocidos y autorizados dependientes de Corporaciones Locales. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

La Consejería de Educación y Ciencia convoca a las Conservatorios de Música no Estatales y Centros Reconocidos y Autorizados dependientes de Corporaciones Locales, para la subvención de tales Centros, teniendo en cuanta lo establecido en la Orden de 10 de septiembre de 1990 del Ministerio de Educación y Ciencia (BOE de 22 de septiembre). En su virtud, esta Consejería ha dispuesto: Primero. Podrán ser destinatarios de la subvención los Conservatorios de Música no estatales y Centros Reconocidos y Autorizados dependientes de Corporaciones Locales.

Segundo. Las solicitudes de subvención, serán formuladas por los Directores de los Centros respectivos, debiéndose formalizar las solicitudes con anterioridad al día 20 de septiembre, acompañados de una Memoria que contendrá los siguientes requisitos:

  1. Propuesta razonada de los objetivos que se pretenden cubrir con la subvención solicitada.

  2. Relación de asignaturas impartidas por el Centro, Profesores que las imparten y titulación académica de cada uno de ellos.

  3. Número de alumnos matriculados en el curso académico 90-91.

  4. Cantidades percibidas por matrícula en las respectivas asignaturas y todas académicas ingresada por tal concepto en el último curso académico.

Los Delegados Provinciales, dentro de los cinco días siguientes, remitirán las peticiones a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales.

Tercero. Corresponderá a la Dirección General de Formación Profesional y Enseñanzas Especiales la resolución de la presente convocatoria, determinando los Conservatorios de Música beneficiarios de la subvención e...

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