Orden de 21 de marzo de 2012, por la que se modifica la de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyOrden

La Orden de la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social de 15 de noviembre de 2007, por la que se regula el Servicio de Ayuda a Domicilio en la Comunidad Autónoma de Andalucía, implantó unos requisitos mínimos de formación para el personal auxiliar de ayuda a domicilio y estableció, además, determinadas situaciones transitorias para que las personas que estuvieran trabajando en la ayuda a domicilio y no cumplieran esos requisitos pudieran continuar realizando sus funciones. Posteriormente, la Orden de 10 de noviembre de 2010, por la que se modifica la anterior, ha continuado con la tarea de profesionalizar a este colectivo y de afianzar su cualificación y mejorar la calidad en el empleo, al disponer que este personal deberá tener la cualificación profesional específica de atención sociosanitaria a personas en el domicilio, acreditada a través de los correspondientes Títulos de Formación Profesional, Certificados de Profesionalidad o vías equivalentes, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional.

No obstante, debido a que aún no se había comenzado a expedir estos certificados y para que esta circunstancia coyuntural no impidiera la continuidad del servicio, la Orden de 10 de noviembre de 2010 articula el modo de que el personal auxiliar de ayuda a domicilio pueda justificar su cualificación profesional mediante la aportación de otros documentos y, asimismo, que hasta finales de 2011, quienes no dispongan de la cualificación profesional exigida o experiencia laboral necesaria, puedan trabajar en las condiciones que se determinan.

Por otro lado, la disposición transitoria tercera del Real Decreto 1379/2008, de 1 de agosto, por el que se establecen dos certificados de profesionalidad de la familia profesional Servicios socioculturales y a la comunidad que se incluyen en el Repertorio Nacional de certificados de profesionalidad, en su redacción dada por el Real Decreto 1675/2010, de 10 de diciembre, ha ampliado de uno a cinco años el plazo para solicitar la expedición del certificado de profesionalidad de la ocupación de auxiliar de ayuda a domicilio en los supuestos que recoge.

Por su parte, el artículo 19 del Decreto 335/2009, de 22 de septiembre, por el que se regula...

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