DECRETO 288/1995, de 5 de diciembre, por el que se se aprueba la declaración de Zona de Acción Especial de la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE INDUSTRIA, COMERCIO Y TURISMO
Rango de LeyDecreto

DECRETO 288/1995, de 5 de diciembre, por el que se se aprueba la declaración de Zona de Acción Especial de la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera.

La Ley 50/1985, de 27 de diciembre, de Incentivos Regionales fue desarrollada por el Real Decreto 1535/1987, de 11 de diciembre, el cual establece las funciones que corresponden a las Comunidades Autónomas en cuyo ámbito territorial existen zonas promocionables. A tal efecto, el Real Decreto 652/1988, de 24 de junio, creó y delimitó la zona de promoción económica de Andalucía, previa aceptación de ésta por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 14 de junio de 1988 que, asimismo, designaba como órgano competente para la puesta en práctica del sistema de Incentivos Regionales a la Dirección General de Comercio, Consumo y Cooperación Económica.

La Zona de la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera está afectada por importantes problemas socio-económicos, la mayoría de ellos de carácter estructural, a los que se unen problemas coyunturales que aquejan al contexto económico, en el que se desenvuelve la economía de la zona, con una alta tasa de paro.

La Junta de Andalucía, consciente de estos problemas, está llevando a cabo una serie de actuaciones encaminadas, tanto a paliar los efectos negativos de la crisis, como a intentar un relanzamiento económico de la zona.

El Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, decidido a continuar la labor de desarrollo económico, así como a seguir canalizando una serie de medidas diferenciadas tendentes a corregir los desequilibrios económicos de la región, considera necesario establecer una nueva Zona de Acción Especial, efectuando una regulación unitaria de la misma a través del presente Decreto.

En su virtud, a propuesta del Consejero de Industria, Comercio y Turismo, con la aprobación de la Consejería de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 5 de diciembre de 1995,

D I S P O N G O

Artículo Unico Declarar Zona de Acción Especial la Bahía de Cádiz y Jerez de la Frontera, en los términos descritos en el siguiente Anexo.
Disposiciones Finales
DISPOSICION FINAL PRIMERA

Se autoriza al Consejero de Industria, Comercio y Turismo para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo y ejecución de lo previsto en el presente Decreto.

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