DECRETO 114/1987, de 29 de abril, por el que se aprueba la segregación del núcleo de Zagra, perteneciente al municipio de Loja, de la provincia de Granada, para constituirse en un nuevo e independiente municipio con la denominación y capitalidad en Zagra.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

En cumplimiento de la Sentencia dictada por la Sala Cuarta del Tribunal Supremo de lo Contencioso-Administrativo, de fecha 31 de marzo de 1986, anulando el Real Decreto 2264 de 1982, de fecha 30 de julio, por el que se segrega el núcleo de Zagra del Municipio de Loja, para su constitución en nuevo expediente a instancia de D. Juan Jiménez García y cinco vecinos residentes en el citado núcleo, a cuya petición se une un Anexo suscroti por 865 firmantes al objeto de subsanar cuantos defectos se apreciaron en el mencionado Fallo.

El examen de la documentación tramitada se ha hecho de acuerdo con la Ley 7/1985, de abril y el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales, de 11 de junio de 1986 ya que si bien este Reglamento es de fecha posterior a la de la documentación, en su disposición transitoria se dispone que será de aplicación a los expedientes de alteración de términos municipales iniciados con anterioridad a su vigencia.

En el informe emitido por el Servicio de Régimen Jurídico de la Dirección General de Administración Local y Justicia de la Consejeria de Gobernación, se pone de relieve que la nueva solicitud es promovida por la mayoría de los vecinos residentes en el núcleo que se trata de segregar, así como que por la documentación a que se hace referencia en el artículo

14 de susodicho Reglamento.

Por su parte, el Servicio de Coordinación de las Corporaciones Locales de la citada Dirección General emite dictamen expresivo de que los Municipios resultantes de la segregación , Loja y Zagra, contarían con los recursos suficientes para el cumplimiento de las competencias municipales, sin merma de la calidad de los servicios que venían siendo prestados en su día, por el Ayuntamiento de Loja.Afirmación que queda confirmada para el municipio de Zagra, por el hecho de que durante cuatro años ha venido prestando no sólo los servicios mínimos que legalemente le correspondían, sino otros propios de un municipio de mayor entidad de población. Concluye el informe haciendo constar que se ha aportado la documentación necesaria para la división del territorio, bienes, derechos y acciones, así como de los deudores y cargas en función del número de habitantes y de la riqueza imponible de ambos municipios, entendiéndose que el Ayuntamiento de Loja hace suya la documentación que figura en el expediente aportado por el Ayuntamiento de Zagra, al aprobar el mismo. Por otra parte, es de destacar que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR