DECRETO 56/2007, de 20 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento arqueológico denominado Conjunto del Faro de Torrox (Málaga).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 56/2007, de 20 de febrero, por el que se declara Bien de Interés Cultural, con la categoría de Zona Arqueológica, el yacimiento arqueológico denominado Conjunto del Faro de Torrox (Málaga).

  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, la Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Andalucía, en su artículo 12.3, refiriéndose a los objetivos básicos de la Comunidad Autónoma, establece, entre ellos, el de afianzar la conciencia de identidad andaluza, a través de la investigación, difusión y conocimiento de los valores históricos, culturales y lingüísticos del pueblo andaluz en toda su riqueza y variedad, atribuyendo a la misma, en el artículo 13.27, la competencia exclusiva en materia de patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico. En este sentido el artículo 6.a) de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, determina que se entenderán como organismos competentes para la ejecución de dicha Ley los que en cada Comunidad Autónoma tengan a su cargo la protección del patrimonio histórico.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la declaración de Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha declaración.

  2. El yacimiento arqueológico del Faro de Torrox fue objeto de atención desde los primeros años del siglo XX cuando, al construir el faro, se produjeron algunos hallazgos que hacían presuponer la existencia en este lugar de restos arqueológicos significativos. El consiguiente descubrimiento de los distintos elementos que componen este asentamiento de época romana dan como resultado la identificación de éste con una mansio de la vía costera: la mansio Caviclum del Itinerario de Antonino.

    Los restos documentados hasta este momento nos muestran la existencia de una villa situada junto al mar, dedicada a la explotación del mismo, con una factoría de salazones asociada a ella, reutilizada posteriormente como necrópolis. Por otro lado se han localizado también unas termas y un complejo alfarero destinado a la elaboración de ánforas que suministraría recipientes para el envasado y comercialización de las salazones y salsas elaboradas a base de pescado producidas en la factoría.

    Este yacimiento y las distintas partes que lo componen son de gran interés para el estudio tanto de la pars urbana como de la fructuaria de las lujosas villae situadas junto al mar. El lugar tiene además el aliciente de contar con un pequeño fondeadero natural que sirvió como canal de comercialización de estos productos vía marítima. Todos estos elementos así como la posibilidad de estudiar su evolución a través del tiempo hacen de este yacimiento un lugar paradigmático en la Costa del Sol Oriental.

    Tanto la singularidad de sus restos, de cronología anterior a la que normalmente se maneja en este tipo de asentamientos, como el buen estado de conservación y la representatividad de cada una de sus partes, innegables fragmentos de un conjunto de gran relevancia, avalan su declaración.

  3. La Dirección General de Bellas Artes, Archivos y Bibliotecas del Ministerio de Cultura, mediante Resolución de 24 de noviembre de 1980 (publicada en el BOE número 22, de 26 de enero de 1981), incoó expediente de declaración de monumento histórico-artístico y arqueológico a favor de la Villa romana con termas de El Faro de Torrox (Málaga), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio histórico-artístico nacional, siguiendo su tramitación según lo previsto en dicha Ley, en el Decreto de 16 de abril de 1936 y...

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