ORDEN de 1 de junio de 1998, por la que se regula la concesión de subvenciones en materia de voluntariado cultural y se convocan las correspondientes a 1998.

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 1 de junio de 1998, por la que se regula la concesión de subvenciones en materia de voluntariado cultural y se convocan las correspondientes a 1998.

La Constitución española establece que corresponde a los poderes públicos facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida cultural, promoviendo y tutelando el acceso a la cultura, al que todos tienen derecho.

Por su parte, el Estatuto de Autonomía de Andalucía en su artículo 12.1 señala que la Comunidad Autónoma de Andalucía «... facilitará la participación de todos los andaluces en la vida política, económica, social y cultural». El mismo precepto considera como objetivo básico de nuestra Comunidad Autónoma «el acceso de todos los andaluces a los niveles educativos y culturales que les permitan su realización cultural y social» y le confiere competencia exclusiva para la «promoción y el fomento de la cultura en todas sus manifestaciones y expresiones».

Los fenómenos de voluntariado, y concretamente de voluntariado cultural, han crecido enormemente en los últimos años, implicando en ellos a grupos y entidades pero también a personas físicas, preocupadas por acercar a la ciudadanía,

mediante una tarea altruista y desinteresada, los bienes, instituciones y actividades culturales, entendiendo la cultura en su más amplia acepción.

Es por ello que la Consejería de Cultura se propone, mediante la concesión anual de las subvenciones que se regulan por la presente Orden, contribuir, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, a apoyar tanto las actividades de voluntariado cultural propiamente dichas, como la actividad de investigación que va íntimamente unida a las mismas.

En su virtud, y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

Mediante la presente Orden se regula la concesión por la Consejería de Cultura de subvenciones en materia de voluntariado cultural.

Artículo 2 Voluntariado cultural.

A efectos de la presente Orden, se entenderá por voluntariado cultural la prestación de servicios altruista y llevada a cabo libremente, de forma organizada y colectiva, sin remuneración ni contraprestación alguna, cumpliendo una finalidad de carácter cultural mediante la realización de actividades de interés público dirigidas al acercamiento del Patrimonio Histórico de Andalucía a la ciudadanía, a la promoción de las instituciones del Patrimonio Histórico de Andalucía, como museos, archivos y bibliotecas, así como al fomento de las actividades artísticas y culturales en general.

Artículo 3 Acciones subvencionadas.

La Consejería de Cultura concederá subvenciones para las siguientes acciones:

-Acción 1. Apoyo a la realización de actividades de voluntariado cultural en Andalucía o para las Comunidades Andaluzas asentadas fuera del territorio andaluz.

-Acción 2. Apoyo a proyectos de investigación sobre voluntariado cultural en Andalucía.

Artículo 4 Acción 1.
  1. Podrán solicitar subvenciones en el marco de la Acción 1 (Apoyo a las actividades de voluntariado cultural en Andalucía) las entidades privadas con personalidad jurídica y sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en Andalucía.

  2. Las subvenciones, en el marco de esta acción, se concederán para apoyar la realización de actividades de voluntariado cultural en el ámbito de la Comunidad Autónoma Andaluza, o que tengan como potenciales beneficiarios a las Comunidades Andaluzas asentadas fuera del territorio andaluz, según la definición que de las mismas se hace en el artículo 3 de la Ley 7/1986, de 6 de junio, de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR