RESOLUCION de 1 de febrero de 1985, de la Dirección General de Transportes, por la que se delegan funciones en el Jefe del Servicio de Inspección y Explotación Económica del transporte.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Turismo, Comercio y Transportes
Rango de LeyResolución

El Decreto 30/1982, de 22 de abril (BOJA nº 13 de 15 de junio), sobre el ejercicio de competencias en materia de transportes por la junta de Andalucía, en su artículo 9, dispone que los resoluciones dictadas por inferiores jerárquicos, serán recurribles en alzada, ante el superior. Por su parte, la Orden de 11 de agosto de 1984 de a Consejería de Turismo, Comercio y Transportes, creó el Servicio de Inspección y Explotación Económica del Transporte. Dado el volumen de los recursos de alzada que se vienen interponiendo contra las resoluciones sancionadoras en esta materia, es aconsejable hacer uso por parte de esta Dirección General de la facultad de delegación atribuida en el artículo 47.1 de la Ley

6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y lo Administración de lo Comunidad Autónoma en relación con lo dispuesto en el artículo 22 de la Ley de Régimen Jurídico de la Administración del Estado con respecto a tales recursos, y visto asimismo la Ley 38/1984, de 6 de noviembre sobre inspección, control y régimen sancionador de los transportes mecánicos por carretera que establece una nueva clasificación de los infracciones y sus respectivos sanciones, y con la aprobación del Excmo. Sr. Consejero de Turismo, Comercio y Transportes esta Dirección General ha resuelto:

  1. Delegar en el Jefe de Servicio de Inspección y Explotación Económica del Transporte, la Resolución de los recursos de alzada que se interpongan ante esta...

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