DECRETO 158/1987, de 3 de junio, por el que se declara de interés general de la Comunidad Autónoma de transformación en regadío de la zona regable de Valdemaría, en la provincia de Huelva.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE AGRICULTURA Y PESCA
Rango de LeyDecreto

Las posibilidades de regulación del sistema de Chanza permiten, una vez atendidas las demandas para abastecimientos y riego de las zonas actualmente en proceso de transformación, disponer de recursos hídricos suficientes para su utilización en el riego de otras zonas. Conjugando esta posibilidad con la necesidad sentida por los propietarios de la zona de Palos de la Frontera y Moguer, puesta de manifiesto y asumida por el Parlamento Andaluz al aprobar la proposición no de Ley nº 2/87, el Instituto Andaluz de Reforma Agraria ha realizado estudios previos en una superficie de mil doscientas hectáreas situada entre los Términos Municipales anteriormente citados para, mediante el aprovechamiento conjunto de las aguas subterráneas y las procedentes del Chanza, transformarla en regadío ya que la calidad de los suelos, relieve y, fundamentalmente, su climatología, permitirán introducir cultivos hortícolas cuya rentabilidad económica y necesidad de mano de obra contribuirán a la elevación del nivel de vida de los agricultores de la zona al mismo tiempo que se generará empleo con la consiguiente disminución del paro agrario existente en la comarca. Considerando que de entre el conjunto de factores técnicos, económicos y sociales que inciden sobre la transformación en regadío de la zona revisten especial complejidad los relativos a la proyección y ejecución de las obras, la elevada cuantía de las inversiones a realizar y los beneficios sociales y económicos que se obtendrán, fundamentan la conveniencia de llevar a cabo en la zona considerada las acciones previstas en la Ley 8/84 de Reforma Agraria y en el Reglamento que la desarrolla.

En su virtud y a propuesta del Consejero de Agricultura y Pesca, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de junio de 1987.

D I S P O N G O:

Artículo 1º

Se declara de interés general de la Comunidad Autónoma, conforme a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley de Reforma Agraria, la transformación en regadío de la zona de Valdemaría, en la provincia de Huelva, para cuya transformación económica y social se llevarán a cabo las actuaciones que autoriza la mencionada Ley y el Reglamento para su ejecución.

Artículo 2º

Sin perjuicio de las posibles modificaciones que pudieran introtucirse en el Decreto aprobatorio del Plan de Transformación, la zona regable a que se refiere la declaración de interés...

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