ORDEN de 4 de febrero de 2005, por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayuntamientos Andaluces para la Nivelación de servicios municipales en el ejercicio 2005.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyOrden

ORDEN de 4 de febrero de 2005, por la que se regula la distribución de las transferencias a los Ayun tamientos Andaluces para la Nivelación de servicios

municipales en el ejercicio 2005.

La Junta de Andalucía incluyó en el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 1989, una dotación destinada a la puesta en marcha de un fondo de financiación incondicionada para la nivelación de los servicios municipales.

Desde esa fecha, y de manera ininterrumpida, se ha venido instrumentando ese fondo de Nivelación utilizando básicamente la cifra de población como criterio para su distribución a los distintos municipios. En el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía del ejercicio 2002, se puso en marcha un fondo adicional, denominado de Compensación que, con los mismos criterios de distribución, incorporaba más recursos incondicionados a los municipios menores de 50.000 habitantes.

En el Presupuesto del ejercicio 2004, se uniformaron ambos fondos y se incrementaron sustancialmente los recursos disponibles, y en la Orden, por la que se reguló la distribución de estas transferencias a los Ayuntamientos, se introdujeron nuevos criterios de distribución dirigidos a reflejar mejor la capacidad financiera y las necesidades de gasto de los pequeños y medianos municipios, a la vez que se mantuvieron las dotaciones a los municipios de mayor tamaño poblacional.

En el presupuesto del ejercicio 2005, la partida presupuestaria destinada a financiar estas transferencias recoge una dotación de 80.229.101 euros, cifra que supone un incremento del 99,6% prácticamente del 100% con respecto al ejercicio anterior.

Este importante crecimiento se destina también fundamentalmente a mejorar la suficiencia financiera de pequeños y medianos municipios, de acuerdo con los criterios establecidos en la fórmula de reparto. Por otro lado a los municipios de más de 75.000 habitantes se les incrementa su participación en el fondo en un 6%, con respecto al ejercicio anterior.

Se mantiene asimismo, la cláusula de garantía que se incluyó en la Orden reguladora de 3 de marzo del ejercicio 2004, y que preveía que ningún municipio percibiría con la nueva fórmula de reparto, una cantidad inferior a la que percibían, con el modelo anterior, en el ejercicio...

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