DECRETO 13/2007, de 16 de enero, por el que se facilita la participación de los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena y del personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía en el referéndum sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía, que habrá de celebrarse el día 18 de febrero de 2007.

Sección1. Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

DECRETO 13/2007, de 16 de enero, por el que se facilita la participación de los trabajadores y trabajado ras por cuenta ajena y del personal al servicio de la

Administración de la Junta de Andalucía en el referén

dum sobre la Reforma del Estatuto de Autonomía para

Andalucía, que habrá de celebrarse el día 18 de febrero de 2007.

Convocado referéndum de ratificación del nuevo texto del Estatuto de Autonomía para Andalucía, por Decreto del Presidente 2/2007, de 16 de enero, que habrá de celebrarse, de acuerdo con lo establecido en el art. 11.1 de la Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum, conforme al procedimiento del régimen electoral general en lo que sea de aplicación y no se oponga a dicha Ley Orgánica, el día 18 de febrero de 2007, se hace necesario prever las diversas situaciones que puedan presentarse para el ejercicio del derecho al voto de aquellos trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena y personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que no disfruten en la citada fecha de jornada completa de descanso, facilitándoseles así el ejercicio de ese derecho fundamental.

A este fin y en virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en el Real Decreto 605/1999, de 16 de abril, de regulación complementaria de los procesos electorales, y en la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, previa consulta a las Organizaciones Sindicales y Empresariales más representativas en la Comunidad Autónoma, y tras acuerdo con el Delegado del Gobierno en Andalucía respecto a los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, a propuesta de la Consejera de Justicia y Administración Pública y del Consejero de Empleo, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 16 de enero de 2007,

DISPONGO

Artículo 1 Ámbito de aplicación.

El presente Decreto será de aplicación a los trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena y al personal al servicio de la Administración de la Junta de Andalucía que posean la condición de electores y electoras, o concurra en ellos y ellas la condición de personas miembros de Mesas Electorales, Interventores e Interventoras, o Apoderados y...

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