Decreto 113/2010, de 30 de marzo, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, la Iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación, en Comares (Málaga).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Asimismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria única de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. En la comarca malagueña de la Axarquía, entre grandes peñas y profundos tajos, se encuentra el que fue un privilegiado enclave defensivo durante la dominación musulmana, el pueblo de Comares. Escenario de continuas luchas entre los reyes nazaríes de Granada y los tres walies de la familia Axquilula, Comares fue finalmente conquistado por los castellanos en el año 1487, dando lugar a una de las capitulaciones más pacíficas y respetuosas con la población musulmana acontecidas en la Península Ibérica. El sitio, con el devenir de los tiempos, se ha configurado como un espléndido paisaje rural, salpicado de cortijos y pequeños caseríos dedicados al cultivo del olivo, el almendro y la vid.

    Sobre el cerro occidental del municipio, destacando sobre el paisaje urbano y ocupando el solar de la antigua mezquita, se levantó en 1505, por orden de los Reyes Católicos, la iglesia mudéjar de Nuestra Señora de la Encarnación. En el inmueble se conservan y combinan elementos de estilo mudéjar, como las espléndidas armaduras de lazo que cubren el interior del templo, entre las que cabe destacar la de la nave central, considerada uno de los mejores ejemplos conservados entre las parroquias de la provincia malagueña; y añadidos de épocas posteriores en estilo barroco, como la capilla del Sagrario, del siglo XVIII, que completa el programa arquitectónico, iconográfico y decorativo del edificio, el más representativo del municipio y uno de los mejores ejemplos de arquitectura mudéjar de la Axarquía malagueña.

    Sede de cofradías y fundaciones religiosas de importante carácter popular, la iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación fue en sus orígenes núcleo de la vida espiritual de los vecinos de esta población, siendo en la actualidad uno de los lugares más emblemáticos y simbólicos del municipio.

    Por todo lo expuesto anteriormente la iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación, en Comares (Málaga), es merecedora de ser incluida en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento.

  3. La Dirección General de Bellas Artes de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, por Resolución de 14 de junio de 1985 (publicada en BOJA núm. 67, de 2 de julio de 1985), incoó procedimiento de declaración de Monumento Histórico Artístico, a favor de la iglesia de Nuestra Señora de la Encarnación de Comares (Málaga), según la Ley de 13 de mayo de 1933, sobre defensa, conservación y acrecentamiento del patrimonio...

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