Decreto 326/2010, de 6 de julio, por el que se inscribe en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Convento de San José del Carmen, «Convento de las Teresas», en Sevilla.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyDecreto
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante la Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.º de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, establece en su artículo 9.7.a) que el órgano competente para resolver los procedimientos de inscripción de Bienes de Interés Cultural en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz es el Consejo de Gobierno.

    Así mismo, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero, declarado vigente por la disposición derogatoria de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza de Bienes Culturales referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz siendo, de acuerdo con el artículo 3.3 del citado Reglamento, la persona titular de la Consejería de Cultura el órgano competente para proponer al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz de los Bienes de Interés Cultural y competiendo, según el artículo 1.1 del Reglamento anterior, a este último dicha inscripción.

  2. El Convento de San José del Carmen, conocido popularmente como «Las Teresas», se ubica en uno los sectores del Conjunto Histórico de la ciudad de Sevilla de mayor densidad patrimonial, el barrio de Santa Cruz. Su arquitectura se encuentra inmersa en un parcelario densamente ocupado desde época medieval en el que se conserva el trazado sinuoso de sus calles, las relaciones volumétricas que cohesionan el conjunto de sus inmuebles y un valor ambiental de gran homogeneidad que confiere al edificio las características armónicas de su ubicación.

    Los valores históricos del edificio conventual están estrechamente relacionados con el asentamiento de la Orden de las Carmelitas Descalzas en la ciudad de Sevilla, para lo que contó con la presencia de la propia fundadora, Santa Teresa de Jesús, quien protagonizó la adquisición de las primeras casas de la Orden en la ciudad, la de las calles de las Armas y Pajería, actuales Alfonso XII y Zaragoza, y posteriormente la compra de la actual sede en la antigua collación de Santa Cruz, a lo que contribuyó económicamente incluso Lorenzo de Cepeda, hermano de Santa Teresa, que llegó a Sevilla con rentas de explotaciones propias procedentes de América. Con todo lo cual, y tras vender la casa de la calle Pajería, la Orden adquirió unas casas pertenecientes al banquero Pedro Morga, en donde se ubicaron definitivamente a finales del mes de abril de 1576, en la hoy denominada calle Santa Teresa, número siete. Estas casas, conservadas íntegramente en la actualidad, conformaban un palacio de estilo renacentista organizado en torno a un patio columnado en doble altura, con dependencias enriquecidas por techumbres mudéjares con decoración pictórica de «candelieri», importantes paños de azulejería, motivos decorativos de celosías de clara raigambre gótica o frisos con relieves del repertorio ornamental plenamente renacentista, de extraordinaria calidad por su ejecución y maestría.

    La relevancia que la Orden experimentó en los años que siguieron a la fundación provocó un rápido proceso de ampliación de sus instalaciones, por lo que se incorporaron las casas colindantes y se adquirieron otras para la obtención de los solares donde construir lo que será la gran aportación de la Orden al edificio conventual, el templo, cuya construcción se inició en 1603 bajo la dirección del maestro mayor, Vermondo Resta, por lo que fue concebido en el momento de la transición del manierismo al barroco, en el contexto de una arquitectura de corte sobrio posterior al Concilio de Trento y en conexión con los preceptos de austeridad de la orden carmelita reformada. El edificio fue terminado entre 1615 y 1618 y, a falta de otras modificaciones posteriores, se consagró en 1616.

    Concluido el edificio, otros aportes acrecentaron su valor patrimonial, como las decoraciones murales y los retablos que adornan la iglesia y que se conservan íntegramente. Las pinturas murales pertenecientes fundamentalmente a la etapa barroca se concentran básicamente en la capilla mayor, en cuya decoración se conjugan lienzos embutidos en marcos de yeserías con pintura mural de roleos vegetales y motivos alusivos a la Pasión. El repertorio retablístico se compone de un conjunto de excelentes muestras del tipo manierista y barroco e incluye obras del máximo interés artístico debidas a artistas de relevancia, como los pintores Herrera «El Viejo» o Luis de Morales o escultores como Juan de Mesa o Juan Bautista Vázquez «El Viejo».

    El convento contiene además, repartidas por sus distintas dependencias, numerosas obras de arte que acrecientan su gran valor patrimonial, como pinturas, esculturas, altares, muebles, orfebrería o documentos, además de prendas personales de la Santa Reformadora de la Orden, Santa Teresa de Jesús. Un legado de alto interés en el que destaca el libro autógrafo Las Moradas, escrito por Santa Teresa de Jesús en 1577 obedeciendo al mandato del padre Gracián, quien lo conservó durante años y regaló al caballero sevillano Pedro Cerezo Pardo en agradecimiento a su decisivo papel en la fundación conventual, el cual fue donado al convento por su hija, Catalina de Jesús María, cuando ingresó en la Orden en 1618.

    El convento presenta también la importancia de ser un semillero del que han surgido numerosas fundaciones andaluzas, como el convento de las carmelitas de Sanlúcar la Mayor o el de Écija, en los que influirá incluso en el aspecto artístico.

  3. La Dirección General de Bienes Culturales de la Consejería de Cultura de la Junta de Andalucía, mediante Resolución de 5 de febrero de 2009 (publicada en el BOJA número 43, de 4 de marzo de 2009), incoó el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del Convento de San José del Carmen, «Convento de las Teresas», en Sevilla, siguiendo la tramitación prevista en la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía.

    De acuerdo con la legislación aplicable se cumplimentaron los trámites preceptivos de información pública (BOJA núm. 29 de 12 de febrero de 2010) y trámite de audiencia al Ayuntamiento de Sevilla, al Arzobispado de Sevilla y a los particulares directamente afectados en sus derechos.

    Emitió informe favorable a la inscripción la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, con fecha de 7 de octubre de 2009, cumpliendo así con lo previsto en el artículo 9.6 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre.

    Terminada la instrucción del procedimiento y de conformidad con el artículo 27.1 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz el Convento de San José del Carmen, «Convento de las Teresas», en Sevilla, que se describe en el Anexo.

    A tenor de lo establecido en el artículo 13.5 del Reglamento de Protección y Fomento del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 19/1995, de 7 de febrero, en relación a lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 7/2002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía, procede el asiento de este inmueble en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, creado por Decreto 2/2004, de 7 de enero.

    De acuerdo con el artículo 12 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, procede el asiento gratuito de la inscripción en el Registro de la Propiedad correspondiente.

    En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y 9.7.a) de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, en relación con el artículo 1.1 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, a propuesta del Consejero de Cultura y previa deliberación, el Consejo de Gobierno en su reunión del día 6 de julio de 2010.

    ACUERDA

    Primero. Inscribir en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, el Convento de San José del Carmen, «Convento de las Teresas», en Sevilla, cuya descripción y delimitación figura en el Anexo al presente Decreto.

    Segundo. Inscribir como Bienes de Interés Cultural, por su íntima vinculación con el inmueble, los bienes muebles que se relacionan y describen en el Anexo al presente Decreto.

    Tercero. Instar el asiento de este Bien en el Registro Autonómico de Instrumentos de Planeamiento, de Convenios Urbanísticos y de los Bienes y Espacios Catalogados, así como en el Registro de la Propiedad correspondiente.

    Cuarto. Proceder a dar traslado a la Administración General del Estado para su constancia en el Registro correspondiente.

    Quinto. Ordenar que el presente Decreto se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

    Contra el presente acto, que pone...

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