ORDEN de 30 de julio de 1999, por la que se delegan competencias para la suscripción de convenios entre la Consejería y los Ayuntamientos sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | CONSEJERIA DE SALUD |
Rango de Ley | Orden |
ORDEN de 30 de julio de 1999, por la que se delegan competencias para la suscripción de convenios entre la Consejería y los Ayuntamientos sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública.
A tenor de lo dispuesto en los artículos 39.7 y 47 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma, y de conformidad con lo establecido en el artículo 13 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y con objeto de conseguir mayor agilidad y eficacia administrativa, se hace necesario acordar la delegación que en la presente Orden se especifica.
En su virtud, y en uso de las atribuciones que me confiere la legislación vigente,
DISPONGO
Primero. Se delega en las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Salud la competencia para la suscripción con los Ayuntamientos de los Convenios sobre encomienda de gestión de actuaciones de tramitación de procedimientos sancionadores en materia de salud pública, cuya resolución corresponda a los Alcaldes, de conformidad con lo establecido en el artículo 27.2.a) de la Ley 2/1998, de 15 de julio, de Salud de Andalucía.
Segundo. Los Convenios de encomienda de gestión se formalizarán, a solicitud de cada Ayuntamiento interesado, en el modelo que se acompaña como Anexo de esta Orden.
Sevilla, 30 de julio de 1999
JOSE LUIS GARCIA DE ARBOLEYA TORNERO
Consejero de Salud
ANEXO
CONVENIO ENTRE LA
MATERIA DE SALUD PUBLICA En ................., a ...... de ................. de ......
R E U N I D O S De una parte, don/doña ..............................................
Delegado/a Provincial de la Consejería de Salud de ........................, en ejercicio de las competencias que tiene delegadas por Orden de ...... de .................... de 1999, por la que .................................... (BOJA núm. ......., de .........
de ................ de 1999).
De otra parte, don/doña ...................................................., Alcalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de ................, en uso de las facultades que le confiere el art. 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local,
Página núm. 11.033 E X P O N E N 1. Que el art. 25.2, apartado h), de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, establece que el Municipio ejercerá, en todo caso, competencias en los términos de la legislación del Estado y de las Comunidades Autónomas en materia de protección de la salubridad pública.
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Por su parte, los arts. 38.1 y 27.2.a) de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía, establecen, respectivamente, las competencias que en materia de salud pública ejercerán los...
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