DECRETO 186/2005, de 30 de agosto, por el que se crean y suprimen Centros Docentes Públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección3. Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 186/2005, de 30 de agosto, por el que se crean y suprimen Centros Docentes Públicos en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, y la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre,

Página núm. 7 de Ordenación Genera del Sistema Educativo, regulan el conjunto de enseñanzas no universitarias, tanto de régimen general como de régimen especial.

Para atender la demanda de puestos escolares y propiciar la adecuación de la actual red de centros docentes a las exigencias marcadas por las mencionadas Leyes Orgánicas, la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía ha propuesto la modificación y ampliación de la red de centros docentes públicos para el curso 2005/06.

Con esta actuación se persigue una profundización en el derecho a la educación de los ciudadanos y ciudadanas andaluces, propiciando un incremento en las tasas de escolarización al tiempo que se consigue la adaptación progresiva de la red de centros docentes públicos no universitarios a las necesidades derivadas de la aplicación de la ordenación del sistema educativo.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación, y en el artículo 2, tanto del Reglamento Orgánico de las Escuelas de Educación Infantil y de los Colegios de Educación Primaria, como del de los Institutos de Educación Secundaria, aprobados respectivamente por los Decretos 201/1997 y 200/1997, ambos de 3 de septiembre, la creación y supresión de centros docentes públicos corresponde al Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía.

Por todo ello, en el ejercicio de las competencias que a la Comunidad Autónoma reconoce el artículo 19 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, y a propuesta de la Consejera de Educación, de conformidad con lo establecido en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 30 de agosto de 2005,

DISPONGO

Artículo 1 Centros de Educación Infantil y de Educación Primaria.
  1. Se crean las Escuelas de Educación Infantil y los Colegios de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo I del presente Decreto.

  2. Se suprimen los Colegios de Educación Primaria y de Educación Infantil y Primaria que se relacionan en el Anexo II del presente Decreto.

Artículo 2 Centros de Educación Secundaria.
  1. Se crean los Institutos de Educación Secundaria que se recogen en el Anexo III del presente Decreto.

  2. Se...

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