ORDEN de 20 de septiembre de 1990, por la que se subvenciona al Ayuntamiento de Córdoba, con la cantidad de ochenta y cinco millones novecientas seis mil ciento cuarenta pesetas, con destino a la ejecución del programa Andalucía 92. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyOrden

Ilmos. Sres.:

A la vista del expediente instruido por la Secretaría General Técnico en ejecución del Convenio de Cooperación entre la Junta de Andalucía y el Excmo. Ayuntamiento de Córdoba por el que se establece el alcance y desarrollo del Programa Andalucía 92 Para la ciudad de Córdoba, constando entre otros extremos, la necesidad de financiar al citado Ayuntamiento, con base en las actuaciones definidas por las Comisiones de Desarrollo y Seguimiento de este Programa, y atendiendo a lo establecido en el Artículo 13 párrafo 3º de la ley 2/90, de 2 de febrero, de Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio

1990, en relación con el carácter específico de la subvención por razón de su objeto y en virtud de las facultades otorgadas por el Artículo 10-b de la Ley General 5/1983 de 19 de julio, de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma Andaluza, por esta Consejería se ha resuelto lo siguiente:

Primero: Conceder una subvención de ochenta y cinco millones novecientas seis mil ciento cuarenta (85.906.140 Pts) pesetas, al Ayuntamiento de Córdoba, con la finalidad de financiar la actuación denominada Operación Centro. Mobiliario Urbano Gran Capitán.

Segundo: El importe de la subvención no podrá ser destinado a finalidad ni actividad distinta de la indicada en el punto anterior. Su incumplimiento obligará a la devolución de los fondos percibidos.

Tercero: La subvención se hará efectiva mediante un primer libramiento sin previa justificación, por importe del 10% de la cuantía expresada en el punto primero.

Los libramientos sucesivos se harán efectivos previa presentación de las certificaciones acreditativas del gasto devengado por el Ayuntamiento en la ejecución del objeto de la subvención, y certificación del Interventor de la Corporación de haberse abonado a los perceptores la inversión ejecutada. En todos los casos, en el plazo de...

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