ORDEN de 1 de septiembre de 2000, por la que se convocan para el año 2000 los premios bienales que concede la Consejería de Cultura.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 1 de septiembre de 2000, por la que se convocan para el año 2000 los premios bienales que concede la Consejería de Cultura.

El Decreto 2/1998, de 13 de enero, regula los premios que concede la Consejería de Cultura, que tienen por finalidad otorgar público testimonio de reconocimiento a la labor de aquellas personas, grupos de personas, organismos o entidades públicas o privadas que hayan contribuido con su trabajo y obra al engrandecimiento de Andalucía o su Cultura.

Según el apartado 3 del artículo 2 del citado Decreto 2/1998, los premios «Luis de Góngora y Argote», «Pablo Ruiz Picasso», «Andrés de Vandelvira», «Manuel de Falla», «Pastora Pavón, Niña de los Peines», «María Zambrano», «José Val del Omar» y «Patrocinio y Mecenazgo» tienen carácter bienal desde su primera convocatoria, y, a su vez, la Disposición Adicional Unica facultó al titular de la Consejería para determinar los premios bienales que serían convocados en 1998, estableciendo que los premios bienales no convocados en 1998 lo serán en 1999.

Mediante Orden de la Consejera de Cultura de 11 de mayo de 1998, fueron convocados los premios bienales «Luis de Góngora y Argote», «Manuel de Falla» y «María Zambrano», correspondiendo, conforme a las precitadas normas, que sean convocados los últimos premios bienales citados en el año

Por lo expuesto, en el ejercicio de la facultad que me confiere la Disposición Final Primera del Decreto 2/1998, de 13 de enero,

DISPONGO

Artículo 1 Premios bienales que se convocan para el año 2000.

Se convocan para el año 2000 los Premios bienales «Luis de Góngora y Argote», «Manuel de Falla» y «María Zambrano».

Artículo 2 Regulación.

La convocatoria de los Premios, a que se refiere el artículo 1, se rige por el Decreto 2/1998, de 13 de enero, y por lo dispuesto en la presente Orden.

Artículo 3 Destinatarios.

Podrán ser premiados la persona, grupo de personas, entidades privadas y organismos públicos, incluidos los organismos y entidades de la Junta de Andalucía, que se hayan distinguido por su especial aportación a Andalucía o su Cultura en el ámbito propio de cada Premio.

Artículo 4 Dotación.

A los galardonados se les hará entrega de...

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