Resolución de 26 de noviembre de 2013, de la Secretaría General Técnica, por la que se delegan competencias en materia de gestión del procedimiento expropiaciones.
Sección | 3. Otras Disposiciones |
Emisor | Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio |
Rango de Ley | Resolución |
El Decreto de la Presidenta 4/2013, de 9 de septiembre, de la Vicepresidencia y sobre reestructuración de Consejerías, establece en su artículo 7 las competencias de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, concretándose su estructura orgánica en el Decreto 142/2013, de 1 de octubre, por el que se regula la misma, y estableciéndose en su artículo 8.3.d) que corresponde a la Secretaría General Técnica la gestión de los procedimientos de expropiación de bienes y derechos.
Razones de eficacia y agilidad en la tramitación y resolución de los expedientes expropiatorios, hacen necesario delegar en los órganos periféricos de la Consejería, determinados trámites del procedimiento.
En su virtud, de conformidad con lo previsto en el artículo 101 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía,
RESUELVO
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Delegación de competencias en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente.
Se delegan en las personas titulares de las Delegaciones Territoriales de Agricultura, Pesca y Medio Ambiente, en sus respectivos ámbitos de competencia, la tramitación de los procedimientos de expropiación forzosa por razones de urgencia, una vez dictada la resolución de convocatoria de levantamiento de actas previas a la ocupación por el órgano competente, en sus fases de: levantamiento de actas previas, fijación y pago de los depósitos previos e indemnizaciones por daños...
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