DECRETO 553/2004, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 175/1992, de 29 de septiembre, sobre materia retributiva y condiciones de trabajo del personal de Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE SALUD
Rango de LeyDecreto

DECRETO 553/2004, de 7 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 175/1992, de 29 de septiembre, sobre materia retributiva y condiciones de trabajo del personal de Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud.

El Decreto 175/1992, de 29 de septiembre, sobre materia retributiva y condiciones de trabajo del personal de Centros

e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud vino a fijar la jornada laboral anual para los distintos turnos de trabajo.Por Acuerdo de 27 de diciembre de 1999, del Consejo de Gobierno, se ratificó el Acuerdo entre el Servicio Andaluz de Salud y las organizaciones sindicales CEMSATSE, CC.OO., UGT y CSI-CSIF sobre adecuación de retribuciones y jornada del personal dependiente del Servicio Andaluz de Salud para el trienio 2000-2002, en el que se contemplaba la reducción de la jornada laboral a 35 horas semanales y se fijaban los nuevos valores de las jornadas a realizar en cómputo anual por el personal de los distintos turnos de trabajo (diurno, rotatorio y nocturno).

Posteriormente, por Acuerdo de 11 de marzo de 2003, del Consejo de Gobierno, se aprobó el Acuerdo de 21 de noviembre de 2002, de la Mesa Sectorial de Negociación de Sanidad, sobre política de personal para el periodo 2003 a

Mediante Ley 55/2003, de 16 de diciembre, se ha aprobado el Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud, el cual en su artículo 3 señala que el Estado y las Comunidades Autónomas, en desarrollo de la normativa básica y en el ámbito de sus respectivas competencias, aprobaran los estatutos y las demás normas aplicables al personal estatutario de cada servicio de salud.

Tras estos antecedentes, resulta oportuno modificar el artículo 5.1 del Decreto 175/1992, de 29 de septiembre, para adaptarlo a los nuevos valores de la jornada ordinaria a realizar, en cómputo anual, en los Centros e Instituciones Sanitarias del Servicio Andaluz de Salud, así como instaurar con carácter necesario la obligación de que todo el personal haya de estar adscrito a un turno determinado, susceptible de variación, en la programación que efectúen los Centros.

En el proceso de...

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