RESOLUCION de 15 de septiembre de 1992, de la Delegación Provincial de Sevilla, por la que se conceden subvenciones a los Ayuntamientos relacionados en el anexo I, en virtud de lo establecido en el Decreto y Orden que se citan. 

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyResolución

Vistas las peticiones elevadas por los Ayuntamientos relacionados en el ANEX0 I.

Resultando que los Ayuntamientos aportan la documentación requerida en el Art. 3 de la Orden de 2 de junio de 1989 y justifican la necesidad de dicha subvención.

Considerando que dichas peticiones suponen una iniciativa de especial interés para los Municipios por lo que responden a las finalidades previstas en el Art. 1 del Decreto 117/89 de 31 de mayo, por el que se regula las subvenciones que otorga el Consejero de Gobernación a las Corporaciones Locales y a aquellas Entidades sin ánimo de lucro que realicen actividades directamente relacionadas con las competencias que tiene asignadas esta Consejería. Considerando que en virtud de la Orden de 2 de junio de

1989, modificada por la Orden de 11 de marzo de 1992, el Ilmo. Sr. Delegado de Gobernación puede conceder subvenciones a las Corporaciones Locales hasta 5.000.000 Pts., dentro de los límites establecidos en el Decreto anteriormente citado, es por ello que, en uso de las facultades que me atribuye la normativa citada ut supra

HE RESUELTO

  1. ) Conceder a los Ayuntamientos relaciondos en el Anexo I las cantidades señaladas en concepto de subvención para los fines expresados, lo que asciende a un total de tres millones doscientas cincuenta y seis mil trescientas ochenta y cinco pts.

  2. ) Notificar su otorgamiento a los mismos en los términos de los Arts. 79 y 80 de la L.P.A., de 18 de junio de 1958.

  3. ) Requerir a los beneficiarios de estas subvenciones para que, en el plazo máximo de 3 meses a contar desde su pago, justifiquen su ingreso según lo preceptuado en el art. 38 del Reglamento de Intervención de la Junta de Andalucía...

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