Resolución de 17 de septiembre de 2012, de la Dirección General de Justicia Juvenil y Cooperación, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones de Andalucía la Fundación Legado de las Cortes de la Real Isla de León.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Justicia e Interior
Rango de LeyResolución

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción de procedimiento de constitución en el Registro de Fundaciones de Andalucía de la Fundación Legado de las Cortes de la Real Isla de León, sobre la base de los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Constitución de la Fundación.

La Fundación Legado de las Cortes de la Real Isla de León fue constituida, según consta en la documentación aportada, por escritura pública otorgada el 20 de marzo de 2012, ante la Notaria Lucía de la Fuente Quintana, del Ilustre Colegio de Andalucía, registrada con el número 222 de su protocolo.

Segundo. Fines.

Los fines de la Fundación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7 de sus Estatutos, son los siguientes:

La organización de los actos conmemorativos de la celebración anual de la constitución de las Cortes Generales extraordinarias del 24 de septiembre de 1810 en la Villa de la Real Isla de León, así como en general difundir y promocionar el conocimiento entre los ciudadanos, de los hechos históricos que tuvieron lugar en la Ciudad de San Fernando con motivo de la Guerra de la Independencia, así como la posterior aprobación de la Constitución de 1812. Asimismo, la Fundación impulsará actividades relativas a la difusión y promoción entre la sociedad de los valores nación y libertad defendidos por los isleños en aquel período histórico.

Gestionar integralmente la conservación y puesta en valor del Legado Patrimonial de los lugares de la Constitución de 1812, inscrito en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, destacando especialmente entre el mismo el Real Teatro de las Cortes y los Edificios Constitucionales de San Fernando, el Castillo de Sancti Petri, el Sitio Histórico del Puente Suazo, el Arsenal de la Carraca, la Población Militar de San Carlos, el Castillo de San Romualdo, el Molino de Mareas de Zaporito y las Marismas del Caño de Sancti Petri, administrándolos de la manera más eficiente posible, desarrollando su gestión no sólo como monumentos aislados, sino con la del conjunto de los monumentos que componen el patrimonio histórico vinculado a las Cortes Generales de 1812 y la Constitución de 1812 en los términos municipales de las ciudades de San Fernando, Puerto Real, Chiclana de la Frontera y Cádiz.

Tercero. Domicilio y ámbito de actuación.

El domicilio de la Fundación ha quedado establecido en el número 1, escalera derecha, 5.º?B, de la Plaza de Jaén, del municipio de San Fernando (provincia de Cádiz), y el ámbito de...

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