Resolución de 9 de julio de 2019, de la Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental, por la que se incoa el procedimiento para la inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como Bien de Interés Cultural, con la tipología de Monumento, del antiguo convento de Santo Domingo, en Baza, Granada.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Cultura y Patrimonio Histórico
Rango de LeyResolución
  1. En desarrollo de lo prescrito en el artículo 46 de la Constitución Española, el Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, establece en su artículo 10.3.3.º que la Comunidad Autónoma ejercerá sus poderes con el objetivo básico del afianzamiento de la conciencia de identidad y cultura andaluza a través del conocimiento, investigación y difusión del patrimonio histórico, antropológico y lingüístico. Para ello, el artículo 37.1.18.º preceptúa que se orientarán las políticas públicas a garantizar y asegurar dicho objetivo básico mediante la aplicación efectiva, como principio rector, de la conservación y puesta en valor del patrimonio cultural, histórico y artístico de Andalucía; estableciendo a su vez el artículo 68.3.1.º que la Comunidad Autónoma tiene competencia exclusiva sobre protección del patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico y científico, sin perjuicio de lo que dispone el artículo 149.1.28.ª de la Constitución.

    En ejercicio de la competencia atribuida estatutariamente, el Parlamento de Andalucía aprobó la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, del Patrimonio Histórico de Andalucía, en la que, entre otros mecanismos de protección, en el artículo 6 se constituye el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz, como instrumento para la salvaguarda de los bienes en él inscritos, su consulta y divulgación, atribuyéndose a la Consejería competente en materia de patrimonio histórico la formación, conservación y difusión del mismo. Asimismo, en el artículo 9 de la citada ley, se regula la tramitación de los procedimientos de inscripción.

    Por su parte, el artículo 2 del Reglamento de Organización Administrativa del Patrimonio Histórico de Andalucía, aprobado por Decreto 4/1993, de 26 de enero y declarado vigente por la disposición derogatoria única de dicha Ley 14/2007, de 26 de noviembre, atribuye a la citada Consejería la competencia en la formulación, seguimiento y ejecución de la política andaluza en materia de Bienes Culturales, referida a la tutela, enriquecimiento y difusión del Patrimonio Histórico Andaluz, siendo, de acuerdo con el artículo 5.1 del citado Reglamento, la persona titular de la actual Dirección General de Patrimonio Histórico y Documental la competente para incoar y tramitar los procedimientos de inscripción en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz. El artículo 7.2 de la Ley 14/2007, de 26 de noviembre, dispone la forma de inscripción, indicando que se podrá realizar de manera individual o colectiva.

  2. La ciudad de Baza se asienta en el suroeste de la Hoya de Baza y se extiende en su parte más alta hacia las laderas de las Piedras Rodadas y de la Atalaya, y en las zonas bajas hacia la vega. Su situación geográfica y estratégica, gracias a la abundancia de agua y debido a su importancia defensiva, han sido razones principales para el asentamiento en este lugar. El entramado urbano de calles estrechas característicos de la ciudad musulmana aún se mantiene, ya que las transformaciones fueron pocas tras la conquista cristiana.

    El convento de Santo Domingo fue fundado por Francisco Páez de Espinosa y su mujer Catalina de Luján, acordando en 1553 las condiciones que eran necesarias para levantar esta nueva institución. La orden recibió una huerta en la Tamasca y varias casas, así como algunos cortijos y el correspondiente porcentaje de lo que en ellos se produjera. A cambio, el matrimonio bastetano fue reconocido como fundador, patrono y protector del convento cuyas obras se prolongan durante todo el siglo XVII, momento en el que se construye la Iglesia, el claustro y la escalera, todos ellos en estilo barroco. El templo abre definitivamente sus puertas en 1617 bajo la advocación de Santa Bárbara, patrona de la ciudad.

    El antiguo convento de Santo Domingo representa el testimonio vivo del establecimiento de la rama masculina de la orden dominica en la ciudad de Baza, destacando en el conjunto patrimonial la monumentalidad de su claustro y la estética de su iglesia de marcado estilo barroco.

    A la imagen simbólica protagonizada por el edificio como testimonio de la convivencia de la población con la primera comunidad de religiosos dominicos establecida en la localidad tras su conquista, se une la de espacio vivo de relación, dado que, tras la desamortización, el claustro y el patio entran a formar parte de la vida cultural y festiva de los bastetanos, debido a su uso como espacio de acceso al teatro Dengra, así como lugar para la celebración de fiestas.

    Asimismo, cabe mencionar el papel del histórico inmueble como elemento sustancial y articulador del núcleo urbano, a partir del cual se produce el crecimiento de la localidad, destacando, a su vez, el valor social de la de la plaza en la que el mismo se ubica, conformador de un importante lugar de reunión de la población al convertirse en el escenario del mercado que se...

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