Resolución de 7 de junio de 2016, de la Dirección Provincial del Servicio Andaluz de Empleo de Sevilla, por la que se deja sin efecto la convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas reguladas en la de 21 de noviembre de 2003, por la que se desarrolla el Programa de Inserción a través del Empleo.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorConsejería de Empleo, Empresa y Comercio
Rango de LeyResolución

Resolución de 7 de junio de 2016, de la Dirección Provincial de Sevilla del Servicio Andaluz de Empleo, por la que se deja sin efecto la convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas reguladas en la de 21 de noviembre de 2003, por la que se desarrolla el Programa de Inserción a través del Empleo regulado en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. Mediante Orden de 21 de noviembre de 2003 (BOJA núm. 8, de 14 de enero de 2004) se desarrolló el Programa de Inserción a través del Empleo regulado en el Decreto 85/2003, de 1 de abril, por el que se establecen los programas para la inserción laboral de la Junta de Andalucía.

Segundo. Expirado el ejercicio 2014, ninguna de las solicitudes de tales ayudas presentadas durante dicho ejercicio en el ámbito de competencia de esta Dirección Provincial definido en el art. 9 de dicha Orden, ha sido objeto de resolución de concesión, por no existir dotación presupuestaria adecuada y suficiente, de conformidad con lo previsto en los artículos 9.4.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y 15 de la mencionada Orden de 21 de noviembre de 2003.

Tercero. Esta Dirección Provincial, con la finalidad de contribuir a dar cumplimiento a los objetivos de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera, estima conveniente dejar sin efecto, en el ámbito de su competencia, la convocatoria para el ejercicio 2014 de las ayudas a la contratación reguladas en la citada Orden de 21 de noviembre de 2003.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. La Orden de 21 de noviembre de 2003, en su artículo 9 delega en la Direcciones Provinciales del Servicio Andaluz de Empleo la competencia para resolver sobre las ayudas reguladas en la misma.

Segundo. El art. 9.4.b) de la Ley General de Subvenciones, norma de carácter básico conforme a su D.F. 1.ª, dispone que:

4. Adicionalmente, el otorgamiento de una subvención debe cumplir los siguientes requisitos:

  1. La existencia de crédito adecuado y suficiente para atender las obligaciones de contenido económico que se derivan de la concesión de la subvención.

Tercero. El art. 15 de la Orden de 21 de noviembre de 2003 establece que:

La concesión de las ayudas reguladas en los programas de la presente Orden estará condicionada a la existencia de dotación presupuestaria en el ejercicio correspondiente, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 7.1...

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