Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía para el curso 2019-2020 y se realiza la distribución territorial de los créditos correspondientes.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Educación y Deporte
Rango de LeyResolución

Mediante Orden de la Consejería de Educación de 15 de abril de 2011 (BOJA núm. 95, de 17 de mayo de 2011), se establecieron las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a entidades públicas, asociaciones del alumnado y de padres y madres del alumnado y otras entidades privadas en materia de equidad, participación, voluntariado, coeducación, mediación intercultural y absentismo escolar en Andalucía, y se efectuó su convocatoria para el curso 2011-2012.

La disposición adicional primera de la referida orden delega en la persona titular de la Dirección General competente en materia de participación la competencia para efectuar futuras convocatorias de las distintas líneas de subvenciones reguladas en la mencionada orden.

En su virtud y teniendo en cuenta la disponibilidad presupuestaria para el presente ejercicio económico, esta Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar

RESUELVE

Primero. Objeto y ámbito de aplicación.

  1. Convocar para el curso 2019-2020 las ayudas económicas destinadas a:

    Línea 3. Fomento de la participación para federaciones provinciales de asociaciones del alumnado y de asociaciones del alumnado en Andalucía (Formularios 1841D y 1841/A02D) Código Procedimiento 5457.

    Línea 4. Actuaciones de las entidades locales para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar, así como para la atención del alumnado emigrante mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la Ley de 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación (Formularios 1839D y 1839/A02D) Código Procedimiento 5468.

    Línea 5. Actuaciones de las asociaciones sin ánimo de lucro para la prevención, seguimiento y control del absentismo escolar mediante la aplicación de medidas de compensación educativa de las desigualdades, en aplicación de lo establecido por la Ley de 9/1999, de 18 de noviembre, de Solidaridad en la Educación (Formularios 1838D y 1838/A02D) Código Procedimiento 5470.

    Línea 8. Mediación intercultural de ámbito provincial (Formularios 1846D y 1846/A02D) Código Procedimiento 5482.

    Segundo. Procedimiento de concesión.

  2. El procedimiento de concesión de estas subvenciones se iniciará de oficio, y se tramitará y resolverá en régimen de concurrencia competitiva.

  3. El ámbito territorial y/o funcional de competitividad será el establecido en el apartado 2.d) de cada Cuadro Resumen.

    Tercero. Solicitudes.

    Las solicitudes de subvención se cumplimentarán de acuerdo con los anexos publicados en el Catálogo de Procedimientos de la Junta de Andalucía. Se accede a los mismos a través del siguiente enlace: https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos.html.

    Una vez acceda a dicho enlace, deberá introducir el correspondiente Código del procedimiento que se indica en cada línea de subvención que aparecen en el punto primero de esta resolución.

    Cuarto. Lugar y plazo de presentación.

  4. Las solicitudes se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:

    - En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: www.juntadeandalucia.es/educacion.

    - En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en el artículo 82.2 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

  5. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados...

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