Resolución de 5 de agosto de 2019, de la Dirección General de Personal del Servicio Andaluz de Salud, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de plazas básicas vacantes de Epidemiólogo/a de Atención Primaria, determinadas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área, Médico/a de Admisión y Documentación Clínica, Médico/a de Familia de Atención Primaria, Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, Médico/a del Trabajo, Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria, Pediatra de Atención Primaria, Enfermero/a Especialista Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrón/a), Enfermero/a Especialista en Enfermería del Trabajo, Enfermero/a, Fisioterapeuta y Terapeuta Ocupacional, dependientes del Servicio Andaluz de Salud.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de Salud y Familias
Rango de LeyResolución

Siendo precisa la cobertura de determinadas plazas básicas vacantes, y de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 136/2001, de 12 de junio (BOJA núm. 80, de 14 de julio), modificado por el Decreto 176/2006, de 10 de octubre (BOJA núm. 209, de 27 de octubre), por el que se regulan los sistemas de selección del personal estatutario y de provisión de plazas básicas en los Centros Sanitarios del Servicio Andaluz de Salud, esta Dirección General, en virtud de las competencias atribuidas por el Decreto 105/2019, de 12 de febrero (BOJA núm. 31, de 14 de febrero), por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Salud y Familias y del Servicio Andaluz de Salud,

RESUELVE

Primero. Convocar concurso de traslado para la provisión de las plazas básicas vacantes que se relacionan en el Anexo III ?distribuidas por centros de destino?, así como de aquellas plazas que proceda acumular tras la aplicación del sistema de resultas previsto en el artículo 5.2 del Decreto 136/2001, de 12 de junio, correspondientes a Epidemiólogo/a de Atención Primaria, determinadas especialidades de Facultativo/a Especialista de Área, Médico/a de Admisión y Documentación Clínica, Médico/a de Familia de Atención Primaria, Médico/a de Familia en Unidades de Urgencia Hospitalaria, Médico/a del Trabajo, Odontoestomatólogo/a de Atención Primaria, Pediatra de Atención Primaria, Enfermero/a Especialista Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrón/a), Enfermero/a Especialista en Enfermería del Trabajo, Enfermero/a, Fisioterapeuta y Terapeuta Ocupacional. Las categorías equivalentes y de referencia, según lo dispuesto en el Real Decreto 184/2015, de 13 de marzo (BOE núm. 83, de 7 de abril), por el que se regula el catálogo homogéneo de equivalencias de las categorías profesionales del personal estatutario de los servicios de salud y el procedimiento de su actualización se especifican en el Anexo V.

Segundo. Aprobar las bases y el baremo de méritos que regirán la convocatoria, contenidos respectivamente en los Anexos I y II, así como el Anexo IV sobre criterios de prelación y orden alfabético.

Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante la Dirección General de Personal en el plazo de un mes, conforme a lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o directamente recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, Sala de Granada, conforme a lo establecido en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en el plazo de dos meses, contados ambos plazos desde el día siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 5 de agosto de 2019.- La Directora General, Pilar Bartolomé Hernández.

ANEXO I

BASES REGULADORAS

  1. Norma general.

    El concurso se regirá por las presentes bases, y, en lo no recogido en éstas, por las disposiciones normativas que le sean de aplicación.

  2. Requisitos que han de reunir los concursantes.

    2.1. Podrá participar en el concurso de traslado el personal que, ostentando nombramiento de personal estatutario fijo en el Sistema Nacional de Salud en la categoría/especialidad a la que concursa, se encuentre en alguna de las siguientes situaciones:

    1. En activo, desempeñando plaza de la categoría/especialidad a la que concursa, o con plaza reservada en dicha categoría/especialidad en Centros Sanitarios dependientes de los Servicios de Salud.

    2. En situación distinta a la de activo sin reserva de plaza. El personal que se encuentre en dicha situación deberá reunir, el último día de presentación de solicitudes, los requisitos legales y reglamentarios para incorporarse al servicio activo.

    2.2. El personal estatutario fijo que se encuentre en situación de reingreso provisional al servicio activo en el Servicio Andaluz de Salud deberá participar en el presente concurso solicitando, al menos, todas las plazas convocadas en el mismo nivel asistencial y área de salud donde le fue concedido el reingreso, en caso contrario, pasará a una nueva situación de excedencia voluntaria.

    2.3. Los requisitos exigidos deberán mantenerse a lo largo del proceso y hasta el momento de la toma de posesión en la plaza de nueva adjudicación.

  3. Solicitudes y documentación.

    3.1. Solicitud. La presentación de las solicitudes de participación se realizarán mediante la Ventanilla Electrónica de Profesionales (en adelante VEC), de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14.3 y 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo de las Administraciones Públicas, a través de «e-atención al profesional» alojada en la web corporativa del Servicio Andaluz de Salud www.juntadeandalucia.es/servicioandaluzdesalud en la dirección electrónica «https://ws027.juntadeandalucia.es/profesionales/eatencion», cumplimentado el formulario electrónico correspondiente al sistema normalizado de solicitud de participación.

    Para realizar dicha solicitud la persona interesada deberá acreditarse en la VEC a través de la firma mediante cualquiera de los sistemas de firma electrónica que son admitidos (certificados expedidos por la FNMT, sistema de clave concertada permanente expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria AEAT o de un código de usuario y clave de acceso).

    3.2. Plazo de presentación de solicitudes.

    1. El plazo de presentación de solicitudes y petición de destinos será de 15 días hábiles, contados a partir del día 10 de septiembre hasta el 30 de septiembre de 2019, ambos inclusive.

    2. Durante este plazo los concursantes podrán retirar o modificar sus solicitudes mediante una nueva instancia que anulará totalmente las anteriores. Finalizado dicho plazo no se admitirá modificación alguna.

    3. Una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes y hasta la finalización del plazo para presentar alegaciones contra la resolución provisional del concurso, los concursantes podrán desistir de su participación en el concurso. Finalizado dicho plazo no se admitirán desistimientos.

      3.3. Solicitud de destinos. Los concursantes deberán presentar su solicitud de destino, cumplimentando el formulario electrónico correspondiente, a través de la VEC. En dicha solicitud indicarán, por orden de preferencia, los centros sanitarios por los que optan, con independencia de que en los mismos se oferten o no vacantes. Las personas concursantes deberán especificar a tal fin los códigos asignados en el Anexo III de la presente Resolución, para aquellos centros de destino en los que se ofertan vacantes en este concurso, así como, en su caso, los códigos asignados a aquellos otros centros de destino dependientes del Servicio Andaluz de Salud a los que se puede adscribir la categoría/especialidad convocada. Por la aplicación del sistema de resultas, a estas plazas se acumularán aquellas que resulten vacantes tras la obtención de nuevo destino por los concursantes que fueran titulares de las mismas, como consecuencia de la tramitación del presente concurso, siempre que dichas plazas no estén sometidos a procesos de amortización, desdotación o reconversión. La acumulación y adjudicación de dichas plazas se realizará de forma automática y simultánea a la adjudicación del resto de las plazas.

      3.4. Una vez transcurrido el plazo de presentación de solicitudes no se tomará en consideración para la resolución del concurso, la pérdida de la condición de personal estatutario de algún/a concursante, ni el cambio de situación a excedencia voluntaria o jubilación, por lo que, aunque posteriormente proceda dejar sin efecto la adjudicación de la plaza que se hubiera realizado en favor de aquél o aquélla, la misma no podrá ser asignada a ningún/a otro/a concursante.

      3.5. Documentación que deberá acompañar a todas las solicitudes de participación.

      El Alta de documentación habrá de ser realizado a través de medios electrónicos, cumplimentado los formularios electrónicos correspondientes al alta de cada uno de los méritos y anexando la documentación al sistema. La persona aspirante se responsabilizará de la veracidad de los documentos adjuntados.

      Las personas aspirantes que efectúen la petición de destino deberán aportar la siguiente documentación de forma electrónica a través de la VEC, anexando al formulario electrónico de petición correspondiente al sistema electrónico de petición de destinos la siguiente documentación:

    4. Documento Nacional de Identidad.

    5. Nombramiento como personal estatutario fijo del Sistema Nacional de Salud, en la categoría/especialidad a la que se concursa.

      No será necesaria presentar esta certificación si su nombramiento como personal estatutario fijo en la categoría/especialidad a la que concursa es en el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud (Gerhonte).

    6. Las personas concursantes que se encuentren, en la categoría/especialidad a la que se concursa, en situación de activo deberán presentar certificación de servicios prestados, emitida por la Dirección del Centro, en la que pueda comprobarse dicha situación.

      No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si la Resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta información en el Sistema de Información de Personal del Servicio Andaluz de Salud (Gerhonte).

    7. Las personas concursantes que se encuentren en situación de reserva de plaza, en la categoría/especialidad a la que se concursa, deberán adjuntar Resolución de concesión de dicha reserva o certificación acreditativa de la misma.

      No será necesario presentar documentación acreditativa de dicha situación si la Resolución fue dictada por el Servicio Andaluz de Salud, al estar disponible esta información en el Sistema de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR