Resolución de 28 de septiembre de 2017, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convocan para el año 2017, las subvenciones para la promoción de festivales de pequeño y mediano formato.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE CULTURA
Rango de LeyResolución

La Orden de 21 de junio de 2011, de la Consejería de Cultura, regula, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, el procedimiento de concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales para la promoción de festivales flamencos de pequeño y mediano formato.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 115 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, y en el artículo 22 del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto 282/2010, de 4 de mayo, corresponde a la persona titular de la dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales realizar la convocatoria anual de estas subvenciones.

En su virtud, considerando oportuno proceder a la convocatoria de estas subvenciones para el año 2016, y en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 15 de los Estatutos de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, aprobados mediante Decreto 103/2011, de 19 de abril,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

Se efectúa la convocatoria pública para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para la promoción de festivales flamencos de pequeño y mediano formato, para el ejercicio 2016. La presente convocatoria se regirá por la Orden de 21 de junio de 2011, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, por la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, para la promoción de festivales flamencos de pequeño y mediano formato (BOJA núm. 135, de 12 de julio). Los conceptos subvencionables, requisitos y procedimiento de concesión serán los establecidos en la mencionada Orden de 21 de junio de 2011.

Segundo. Solicitudes y plazo de presentación.

  1. Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, se presentarán conforme al modelo contenido como Anexo I de la mencionada Orden de 21 de junio de 2011.

  2. Las solicitudes se presentarán preferentemente en la sede de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, sita en el Edificio Estadio Olímpico. Puerta M. Isla de la Cartuja, 41092 Sevilla, sin perjuicio de su presentación por cualquiera de las formas establecidas en el apartado 10.c) del Cuadro Resumen, aprobado mediante la Orden de 21 de junio de 2011, citada anteriormente, en...

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