Resolución de 25 de mayo de 2018, de la Universidad de Granada, por la que se publica la Oferta de Empleo Público (OEP) del Personal Docente e Investigador para el año 2018.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorUNIVERSIDADES
Rango de LeyResolución

La Oferta de Empleo Público del Personal Docente e Investigador de la Universidad de Granada para el año 2018 se realiza en un contexto de prórroga de Presupuestos Generales del Estado de 2017, en virtud del art. 134.4 de la Constitución Española, hasta la eventual aprobación de los presupuestos del año 2018. Según lo establecido en la Ley 3/2017, de 27 de junio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2017, no se procederá en el sector público a la incorporación de nuevo personal, exceptuándose de la citada limitación una serie de sectores y Administraciones que se contemplan en el artículo 19.Uno.2 de la citada norma, entre las que se encuentran las Universidades. Así, para la Universidad de Granada el artículo 19.Uno.2.J establece una tasa de reposición de hasta un máximo del cien por ciento, a plazas de los cuerpos de Catedráticos de Universidad y de Profesores Titulares de Universidad, y de Profesores Contratados Doctores de Universidad regulados en el artículo 52 de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, siempre que por parte de las Administraciones Públicas de las que dependan se autoricen las correspondientes convocatorias, previa acreditación de que la oferta de empleo público de las citadas plazas no afecta al cumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria establecidos para la Universidad de Granada, ni de los demás límites fijados en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. Por otra parte, las plazas de Profesor Contratado Doctor que queden vacantes como consecuencia del acceso a un cuerpo docente universitario, se podrán incluir en la tasa de reposición del ejercicio siguiente. Y, por último, dentro del límite de la tasa de reposición citada, cada Universidad estará obligada a destinar, como mínimo, un quince por ciento del total de plazas que oferte, a la incorporación, en aquella categoría para la que esté acreditado, de personal investigador doctor que haya finalizado el Programa Ramón y Cajal y haya obtenido el certificado I3.

Por otra parte, de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley Orgánica de Universidades 6/2001, de 21 de diciembre, las Universidades podrán convocar plazas de promoción interna, que estén dotadas en el estado de gastos de su presupuesto, para el acceso al cuerpo de Catedráticos de Universidad. Estas plazas no podrán superar el número máximo de plazas que sean objeto de oferta de empleo público de turno...

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