Resolución de 13 de julio de 2016, de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes en el ámbito de la provincia de Granada.

Sección2. Autoridades y Personal
EmisorConsejería de la Presidencia y Administración Local
Rango de LeyResolución

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 25.1 de la Ley 6/1985, de 28 de noviembre, de Ordenación de la Función Pública de la Junta de Andalucía, modificada por la Ley 2/2016, de 11 de mayo, y de conformidad con el Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, y la Resolución de 20 de mayo de 2016, de la Secretaría General para la Administración Pública, por la que se dispone el cumplimiento de las Sentencias números 1563/2015, de 14 de septiembre, 1566/2015, de 14 de septiembre, 1992/2015, de 9 de noviembre, 2337/2015, de 21 de diciembre, y 5/2015, de 28 de diciembre, dictadas por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, sede de Granada, en los recursos de apelación números 209/2013, 749/2013, 650/2012, 768/2012 y 1233/2012, respectivamente, y en uso de la competencia atribuida a esta Delegación del Gobierno en la provincia de Granada por Decreto 2/2002, de 9 de enero,

DISPONGO

Artículo 1

Convocar para su provisión mediante concurso de méritos los puestos de trabajo adscritos a personal funcionario en la provincia de Granada, vacantes y dotados presupuestariamente a 6 de julio de 2016, así como aquéllos que resulten vacantes debido a la adjudicación a su titular de un nuevo puesto (en adelante «a resultas») por su participación en alguna de las convocatorias simultáneas referidas en la base primera, excepto los señalados con el carácter de «a extinguir» y los que se encuentren desdotados a 6 de julio de 2016.

Los puestos de trabajo vacantes a 6 de julio de 2016, con los requisitos que para cada puesto se especifican de conformidad con lo establecido en la Relación de Puestos de Trabajo, se relacionan en el Anexo I-A, puestos de estructura, y en el Anexo I-B, puestos base, de la presente Resolución.

Artículo 2 Designar a los miembros de la Comisión de Valoración, relacionados en el Anexo II, conforme a lo dispuesto en la base décima de la convocatoria.
Artículo 3

Aprobar las bases que regirán la convocatoria, contenidas en el Anexo III, así como los modelos oficiales siguientes: solicitud de participación (Anexo IV), declaración responsable sobre cumplimiento del art. 13.5 de la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor) (Anexo IV-Bis), petición de puesto de estructura y autobaremo (Anexo V), petición de puesto base y autobaremo (Anexo VI), relación de puestos de trabajo de convocatorias simultáneas solicitados por orden de preferencia (Anexo VII) y solicitud de actualización/corrección de datos registrales y aportación de documentos (Anexo VIII).

Artículo 4 Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, ante la Excma

Sra. Consejera de Hacienda y Administración Pública, de conformidad con el artículo 115.1 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en relación con los artículos 107.1, 114 y 115 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, 7.4 y disposición adicional tercera del Decreto 342/2012, de 31 de julio, por el que se regula la organización territorial provincial de la Administración de la Junta de Andalucía.

Disposición transitoria única Modificación de la Relación de Puestos de Trabajo.

Si durante la tramitación del procedimiento de provisión se produce la aprobación de una modificación de la Relación de Puestos de Trabajo que conlleve el cambio de la adscripción orgánica de alguno de los puestos de trabajo convocados en el artículo 1, la presente Resolución se entenderá modificada en el sentido de quedar dichos puestos adscritos al nuevo centro de destino.

Granada, 13 de julio de 2016.- La Delegada del Gobierno, María Sandra García Martín.

ANEXO II

COMISIÓN DE VALORACIÓN

PRESIDENTE/PRESIDENTA:

Doña Mercedes López Nevot.

PRESIDENTE SUPLENTE/PRESIDENTA SUPLENTE:

Don Diego Verdejo Rute.

VOCALES:

Don Eduardo García Cobos.

Don Francisco Javier García Royo.

Doña María José Férriz Pérez.

Doña Celia Vedia Torres.

Doña Begoña Pérez Trescastro.

Don Manuel Torralba Aguilar.

Don José Muela Romero.

VOCALES SUPLENTES:

Doña María Mercedes Castro García.

Don Francisco Javier Sevilla Alpañez.

Don Emilio López Gallardo.

Doña Aurora María Terres Nicoli.

Don José Abel de la Fuente Zapatero.

Doña María Rocío Linares Morera.

Doña Matilde Azpitarte Sánchez.

VOCAL SECRETARIO/VOCAL SECRETARIA:

Don Alberto Isidro Ros Ruiz.

VOCAL SECRETARIO SUPLENTE/VOCAL SECRETARIA SUPLENTE:

Don Antonio Guerrero López.

ANEXO III

BASES REGULADORAS DE CONCURSO DE MÉRITOS

Primera. Norma general.

A los efectos previstos en los artículos 45.1 y 46.7 del Decreto 2/2002, de 9 de enero, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso, Promoción Interna, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios de la Administración General de la Junta de Andalucía, se consideran simultáneas las siguientes convocatorias:

- Consejería de la Presidencia y Administración Local.

- Consejería de Economía y Conocimiento.

- Consejería de Hacienda y Administración Pública.

- Consejería de Educación.

- Consejería de Salud.

- Consejería de Igualdad y Políticas Sociales.

- Consejería de Empleo, Empresa y Comercio.

- Consejería de Fomento y Vivienda.

- Consejería de Turismo y Deporte.

- Consejería de Cultura.

- Consejería de Justicia e Interior.

- Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural.

- Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio.

- Consejo Consultivo de Andalucía.

- Consejo Audiovisual de Andalucía.

- Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Almería.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Cádiz.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Córdoba.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Granada.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Huelva.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Jaén.

- Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga.

Segunda. Participantes y requisitos para la participación.

  1. Personal Funcionario de carrera de la Junta de Andalucía.

    1.1. Podrá participar en el presente concurso el personal funcionario de carrera de la Administración General de la Junta de Andalucía, cualquiera que sea su situación administrativa, siempre que reúna, alegue y acredite, en su caso, los requisitos mínimos exigidos en la Relación de Puestos de Trabajo (en adelante RPT) y recogidos en las presentes Bases a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

    A tales efectos, se entenderán alegados y acreditados los requisitos exigidos en la RPT que consten inscritos en el Registro General de Personal de la Junta de Andalucía. En los demás supuestos, dichos requisitos se alegarán y acreditarán en su caso, mediante la documentación aportada junto con el Anexo VIII.

    Con carácter general, para poder participar se deberá contar con dos años de servicio activo como personal funcionario de carrera de la Junta de Andalucía, con independencia de que los servicios hayan sido prestados en uno o más Cuerpos, salvo en los supuestos de remoción por desempeño ineficaz, supresión del puesto de trabajo o en cualquier otro caso de adscripción provisional sin reserva de puesto, y de reingreso al servicio activo en la Junta de Andalucía desde situaciones que no conllevan reserva de puesto.

    No obstante, quienes no lleven dos años de servicio activo como personal funcionario de carrera de la Junta de Andalucía y no se encuentren comprendidos en las excepciones recogidas en el párrafo anterior, podrán participar únicamente en los concursos que se convoquen en el ámbito de su Consejería de destino. A tales efectos, el personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en una Delegación del Gobierno o en una Delegación Territorial que integre servicios periféricos de varias Consejerías podrá solicitar puestos de trabajo adscritos a dichas Delegaciones y a sus homólogas en el resto de provincias, así como puestos adscritos a los servicios centrales de las Consejerías de las que dependa orgánica y funcionalmente su Delegación.

    El personal funcionario que desempeñe puestos de trabajo en los servicios centrales de una Consejería cuyos servicios periféricos estén integrados en Delegaciones que desarrollen competencias de varias Consejerías podrá solicitar puestos de trabajo adscritos tanto a los servicios centrales de su Consejería como a las Delegaciones en las que estén integrados sus servicios periféricos.

    Todo ello, con las siguientes excepciones o particularidades:

    1. El personal funcionario de carrera declarado en situación de suspensión firme de funciones no podrá participar en esta convocatoria mientras dure la suspensión.

    2. El personal funcionario de carrera que no lleve dos años con destino definitivo obtenido por concurso, únicamente podrá participar en los concursos que se convoquen en el ámbito de la Consejería de destino, en los términos establecidos en el apartado anterior.

      El personal que acceda a...

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