DECRETO 376/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulariza la ocupación de determinadas viviendas de promoción pública a adjudicar en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE OBRAS PUBLICAS Y TRANSPORTES
Rango de LeyDecreto

DECRETO 376/2000, de 1 de septiembre, por el que se regulariza la ocupación de determinadas viviendas de promoción pública a adjudicar en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad en la Comunidad Autónoma de Andalucía.

El Decreto 166/1999, de 27 de julio, por el que se regulan las actuaciones contenidas en el III Plan Andaluz de Vivienda y Suelo 1999-2002, establece en la Sección Quinta del Capítulo II, del Título I, que la gestión y administración del Patrimonio Público Residencial de la Comunidad Autónoma de Andalucía engloba las actuaciones tendentes a conocer, ordenar y disponer los bienes que integran dicho Patrimonio, con el objetivo de garantizar los fines sociales de las promociones construidas. Esta finalidad social a la que está afecta la promoción pública no sólo supone el conocimiento de todas las situaciones de ocupación de hecho de viviendas a adjudicar en régimen de arrendamiento o de acceso diferido a la propiedad, o por subarriendo o cesión no autorizados, sino que plantea la necesidad de que, previo estudio de cada caso concreto, la Administración proceda a la regularización de su patrimonio en relación con la titularidad de sus ocupantes reales.

Se trata pues de subsanar situaciones socialmente injustas, donde la no utilización de la vivienda como domicilio habitual y permanente por parte del titular, viene acompañada por ocupaciones a menudo consolidadas, simples o con cesión de diverso tipo, donde la necesidad objetiva de la vivienda es más que notoria.

El Decreto 416/1990, de 26 de diciembre, por el que se regula el régimen de arrendamientos para las viviendas de promoción pública y se dictan normas de regularización de situaciones de impago y ocupación, y el Decreto 140/1997, de 20 de mayo, por el que se modifica y establece un nuevo plazo para acogerse a los beneficios previstos en el Decreto 414/1990, de 26 de diciembre, de normas especiales para facilitar el acceso a la propiedad de los titulares adjudicatarios de las de promoción pública en régimen de acceso diferido, establecían medidas de regularización de ocupantes sin título.

Como quiera que, transcurrido el plazo de acogimiento a ambos, se han producido solicitudes de regularización y acogimiento a sus beneficios, el presente Decreto viene a considerar estas solicitudes como formuladas en plazo hábil, disponiendo su tramitación con arreglo a la citada normativa.

Dada su repercusión social, cabe señalar que en el proceso de elaboración del presente Decreto han sido consultados distintos colectivos ciudadanos, habiendo emitido informe al respecto el Consejo de Consumidores y Usuarios de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Consejera de Obras Públicas y Transportes, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 1 de septiembre de 2000,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

El presente Decreto tiene por objeto posibilitar a los ocupantes de viviendas de promoción pública, adjudicadas en régimen de arrendamiento o acceso diferido a la propiedad y de titularidad de la Junta de Andalucía, que carezcan de título bastante para ello, la regularización de su situación mediante el otorgamiento del correspondiente contrato de cesión, previo cumplimiento de determinados requisitos.

Artículo 2 Plazo y requisitos.
  1. Se establece un plazo de seis meses, a contar desde la entrada en vigor del presente Decreto, para que aquellos ocupantes de Viviendas de Protección Oficial de promoción pública en la Comunidad Autónoma de Andalucía, que carezcan de título bastante para su ocupación, puedan solicitar su...

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