Decreto 376/2011, de 30 de diciembre, por el que se modifica el Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE EMPLEO |
Rango de Ley | Decreto |
El Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido, estableció en nuestra Comunidad Autónoma ayudas a la contratación con carácter indefinido y a la transformación de contratos de duración determinada en indefinidos a favor de entidades empleadoras de hasta 250 personas trabajadoras y de entidades empleadoras de más de 250 personas trabajadoras. Asimismo establece incentivos en Áreas Territoriales Preferentes para actuaciones integrales de empleo -ATIPES.
Con posterioridad, mediante el Decreto 58/2007, de 6 de marzo, por el que se modifica el Decreto 149/2005, de 14 de junio, por el que se regulan los incentivos a la contratación con carácter indefinido, se reúne en un único texto normativo la regulación de los incentivos a la contratación indefinida para las personas con discapacidad ya sea en empresa ordinaria, ya sea en centros especiales de empleo. Para ello se adiciona un nuevo Capítulo al Decreto 149/2005, de 14 de junio, consiguiendo, por una parte, mantener la regulación de los incentivos a las contrataciones indefinidas en un solo cuerpo normativo y, en segundo lugar, tratar de evitar la dispersión que habría supuesto regular dichas ayudas en una norma diferente. En todo caso, el nuevo Capítulo queda plenamente sometido a las Disposiciones generales y normas comunes establecidas en el citado Decreto 149/2005, de 14 de junio.
El Decreto 149/2005, de 14 de junio, dispone que a los solos efectos de control y seguimiento de las ayudas a la contratación indefinida y, en su caso, posible reintegro de las mismas, el período mínimo de duración de los contratos de carácter indefinido, tanto a tiempo completo como a tiempo parcial, que se celebren o que resulten de la transformación de contrato de duración determinada en indefinido, será de cuatro años.
La coyuntura económica actual ha llevado al Gobierno andaluz a plantear la necesidad de disminuir dicho período de mantenimiento de las contrataciones indefinidas, adecuándolas a la realidad empresarial.
El presente Decreto ha sido sometido a consulta en el Consejo de Administración del Servicio Andaluz de Empleo.
En su virtud, a propuesta del Consejero de Empleo, de...
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