Orden de 24 de enero de 2012, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión en régimen de concurrencia competitiva de los premios «Rosa Regás» a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo y se efectúa la convocatoria de su VI edición correspondiente al curso 2011-2012.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION
Rango de LeyOrden

La Ley 17/2007, de 10 de diciembre, de Educación de Andalucía, establece en su artículo 21, entre otros incentivos profesionales al profesorado, la concesión de premios por contribuciones destacadas para la mejora de las prácticas educativas, del funcionamiento de los centros docentes y de su relación con la comunidad educativa.

La Consejería de Educación de la Junta de Andalucía incluyó entre las medidas contempladas en el I Plan de Igualdad entre Hombres y Mujeres en Educación la dotación de un premio anual para reconocer el material curricular que destaque por su valor coeducativo y colabore a desarrollar en el alumnado sus capacidades cognitivas, emocionales y éticas, sin sesgos de género. Los recursos y materiales educativos que se utilizan en las aulas tienen trascendencia en la concepción que transmiten al alumnado de la estructura de la sociedad y de los modelos de hombres y mujeres. Por ello, es importante promover que el contenido, desarrollo, lenguaje y actividades que se incluyan en dichos materiales, tengan un carácter coeducativo y favorezcan la asunción en igualdad de expectativas profesionales y responsabilidades familiares y sociales.

De esta forma, y con el fin de promover y distinguir aquellos materiales educativos que contribuyan a mejorar, en general, la práctica docente en los centros y en las aulas, la Consejería de Educación convoca anualmente los premios «Rosa Regás», establecidos también como reconocimiento a la labor de tantas profesoras y profesores andaluces que, con su inquietud intelectual y didáctica, crean conocimiento compartido y nos señalan el camino del buen hacer educativo. Asimismo, la participación y la calidad de los trabajos presentados en las distintas ediciones permite constatar el esfuerzo continuado y el compromiso por conseguir una educación de calidad a través de la producción de materiales y publicaciones que promueven la igualdad entre hombres y mujeres en educación.

Estos premios «Rosa Regás», se han consolidado como referentes y como eficaz instrumento para el fomento de la producción curricular y editorial, tanto en el ámbito del profesorado, como en el de las entidades. Para cumplir esta finalidad, la participación se organiza según dos modalidades y formas. La primera modalidad destina los premios a materiales curriculares inéditos, no publicados, presentados y realizados por el profesorado de los niveles no universitarios que preste sus servicios en centros públicos dependientes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía. La segunda modalidad está destinada a premiar materiales curriculares que hayan sido publicados por las editoriales, empresas, instituciones o Universidades andaluzas, los cuales recibirán un distintivo que las acredite como «material premiado por su valor coeducativo».

La evolución de las diferentes situaciones surgidas en los procesos de convocatoria y resolución de las anteriores ediciones de estos premios desde su entrada en vigor, junto con las novedades que introduce el Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los procedimientos de concesión de subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, han puesto de manifiesto la necesidad de renovar las bases reguladoras aprobadas por Orden de 2 de abril de 2008 (BOJA núm. 81, de 23 de abril), de tal forma que con la presente Orden, se aclaran y simplifican diversos aspectos de la misma, se enmarca el procedimiento de concesión en el de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, se adaptan a la nueva regulación mencionada y se incorpora la tramitación del procedimiento de forma telemática.

De conformidad con el artículo 8.3 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, se exonera al profesorado cuyos trabajos resulten premiados, de la obligación de acreditar el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de la obligación de acreditar el tener deudas en período ejecutivo de cualquier otro ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía, dada la naturaleza de los propios trabajos, elaborados como consecuencia de su función docente, innovadora e investigadora en los propios centros educativos, y cuyo objetivo es mejorar la calidad de la educación en Andalucía.

En relación con los criterios establecidos en el texto de las nuevas bases reguladoras para la valoración de los trabajos que se presenten a las distintas ediciones de estos premios, es preciso señalar que no se han incluido entre ellos los recogidos en el artículo 15.2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, entendiendo que exceden el ámbito de los premios, destinado a promover y distinguir la producción o edición de materiales curriculares de carácter innovador y que destacan por su valor coeducativo.

Procede, en consecuencia, publicar la presente Orden, como norma reguladora de las bases de concesión de estos premios, la cual se dicta de conformidad con las disposiciones básicas de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

En su virtud, a propuesta de la Dirección General de Participación e Innovación Educativa, de acuerdo con las facultades que me confiere el artículo 44.2 de la Ley 6/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía,

DISPONGO

Artículo 1 Objeto.

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras de los premios «Rosa Regás» a materiales curriculares que destaquen por su valor coeducativo y efectuar la convocatoria de su VI edición, correspondiente al curso 2011-2012.

Artículo 2 Ámbito territorial y funcional de competitividad.

El ámbito territorial será la Comunidad Autónoma de Andalucía y el ámbito funcional de competitividad será la Consejería competente en materia de educación.

Artículo 3 Régimen jurídico.

Los premios a que se refiere la presente Orden, además de lo previsto por la misma, se regirán por las disposiciones que sobre procedimientos de concesión y gestión rijan para la Administración de la Junta de Andalucía, en concreto:

  1. La Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; así como de su Reglamento aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. El Título VII del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo.

  3. Las Leyes anuales de Presupuesto.

  4. El Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

  5. La Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

  6. La Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía.

  7. La Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos.

  8. La Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía.

  9. El Decreto 183/2003, de 24 de junio, por el que se regula la información y atención al ciudadano y la tramitación de procedimientos administrativos por medios electrónicos (Internet).

Artículo 4 Personas y entidades beneficiarias.

Tendrán la consideración de personas o entidades beneficiarias a los efectos de la presente Orden:

  1. El profesorado de los niveles no universitarios que a fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes se encuentre prestando servicios en centros docentes públicos cuya titularidad corresponda a la Consejería competente en materia de educación de la Junta de Andalucía.

  2. Las editoriales, las empresas del sector editorial y las instituciones públicas o privadas domiciliadas en Andalucía o que operen en su ámbito territorial, así como las Universidades andaluzas.

Artículo 5 Modalidades de premios.

Los premios «Rosa Regás» se convocarán anualmente con las siguientes modalidades:

  1. Modalidad A. Destinados a materiales curriculares inéditos, no publicados, presentados y realizados por el profesorado de los niveles no universitarios, que sea responsable de su autoría y que a fecha de finalización del plazo de presentación de...

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