DECRETO 13/1992, de 4 de febrero, de reestructuración de la Comisión Delegada de Bienestar Social de la Junta de Andalucía.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
La Comisión Delegada de Bienestar Social fue creada por el Decreto 110/1984, de 17 de abril, con el objeto de coordinar las actuaciones sectoriales del Gobierno Andaluz tendentes a promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integren sean reales y efectivas, así como a optimizar los recursos disponibles en el área de bienestar social.
La experiencia adquirida y la reestructuración de Consejerías realizada por el Decreto del Presidente 223/1990, de 27 de julio, aconsejan la modificación de la normativa existente, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 31 y 32 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma.
En su virtud, a iniciativa de la Consejería de Asuntos Sociales y a propuesta de la Consejera de la Presidencia, previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 4 de febrero de 1992,
D I S P O N G O:
La asistencia no podrá ser objeto de delegación.
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La presidencia de la Comisión corresponde al Presidente de la Junta de Andalucía. En caso de que éste no asista, actuará como presidente el titular de la Consejería de Asuntos Sociales.
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El Viceconsejero de Asuntos Sociales asistirá a las reuniones de la Comisión como Secretario de la misma, con voz y sin voto.
Las funciones de la Comisión Delegada de Bienestar Social, además de las genéricamente atribuidas a las Comisiones Delegadas en el artículo 31.1. de la Ley del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma y cualesquiera otras que le atribuyan las leyes, serán las de coordinación, impulso y programación de las competencias y actuaciones del Consejero de Gobierno en el área de bienestar social y, en particular, las siguientes:
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Proponer al Consejo de Gobierno los principios básicos de actuación de la Administración de la Comunidad Autónoma en el área de...
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