DECRETO 259/1986, de 17 de septiembre, sobre reestructuración de las Delegaciones Provinciales.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio, se produce una reestructuración de las Consejerías de la Junta de Andalucía, en orden a reforzar la coordinación político-administrativa del Consejo de Gobierno. Dicha reestructuración, que supuso la variación del número de Consejerías y el cambio de denominación de algunas de ellas, requiere su desarrollo a nivel departamental y también por lo que hace a las Delegaciones Provinciales.

El presente Decreto persigue reasignar los cometidos de las Delegaciones y adecuar éstas a lo prevenido por el citado Decreto del Presidente. En su virtud, a propuesta de la Consejería de la Presidencia y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión del día 17 de septiembre de 1986,

D I S P O N G O :

Artículo 1º En cada provincia del territorio de Andalucía existirá una Delegación de Gobernación.

Asimismo, existirán Delegaciones Provinciales de: Economía y Hacienda.

Trabajo y Bienestar Social.

Obras Públicas y Transportes.

Fomento y Turismo.

Agricultura y Pesca.

Salud.

Educación y Ciencia.

Cultura.

Artículo 2º. 1 Los Delegados de Gobernación, además de las funciones contempladas en el artículo 4º.2 de este Decreto, ejercerán las que les vienen encomendadas por el Decreto 1/1986, de 8 de febrero. 2

Las Delegaciones Provinciales ejercerán en su ámbito territorial los cometidos de las Consejerías de que dependan, de acuerdo con el Decreto del Presidente 130/1986, de 30 de julio.

Artículo 3º Las Direcciones o Gerencias Provinciales de los Organismos Autónomos actuarán bajo...

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