DECRETO 282/1988, de 27 de septiembre, por el que se modifica la composición de la Junta rectora del Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas. 

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

Por Decreto 10/1986 de 5 de febrero se declaró el Parque Natural de las Sierras de Cazorla, Segura y Las Villas. El artículo 6 del citado Decreto creó la Junta Rectora del Parque Natural como órgano colegiado colaborador y consultivo de la Agencia de Medio Ambiente en la gestión del espacio protegido, con la composición prevista en el apartado segundo del indicado artículo.

Con el presente Decreto se pretende modificar la composición de la Junta Rectora con el fin de ajustar la misma a la actual composición de la administración autonómica, así como para dar entrada a instituciones tales como los sindicatos o los Consejos Reguladores de denominaciones de origen y ampliar el marco de la representación empresarial que con anterioridad estaba reducida al sector agrario.

Todo ello, sin duda contribuirá a una mejor representación de los intereses implicados en la defensa y promoción del Parque Natural, dentro de un órgano que debe resultar el adecuado foro de debate para la mejor gestión del espacio protegido.

En su virtud, a propuesta del Consejero de la Presidencia, de acuerdo con la formulada por la Agencia de Medio Ambiente y previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de fecha 27 de septiembre de 1988

D I S P O N G O:

Unico. El apartado 2 del artículo 6 del Decreto 10/1986 de 5 de febrero queda redactado en los siguientes términos: "La Junta Rectora estará compuesta por los siguientes miembros: Presidente

Un representante de cada una de las Consejerías de Gobernación, Fomento y Trabajo, Obras Públicas y Transportes, Agricultura y Pesca, Educación y Ciencia y Cultura. El representante de la Consejería de Gobernación actuará como Vicepresidente.

Un representante de la Diputación de Jaén. Cinco representantes de los Ayuntamientos incluidos en las demarcaciones del Parque Natural, designados de entre ellos mismos, con arreglo a la siguiente distribución: dos representantes de los Ayuntamientos de la comarca de la sierra de Cazorla, dos representantes de los Ayuntamientos de la sierra de Segura y un representante de los Ayuntamientos de la sierra de Las Villas.

Un representante de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, designado por ese Organismo.

Dos representantes de las Organizaciones Profesionales Agrarias con más representatividad en la zona del Parque Natural, designados por los mismos.

Un representante de los Empresarios del Parque Natural, designado por la Confederación Empresarial Jiennense.

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