ORDEN de 25 de febrero de 1997, por la que se establece el procedimiento para la autorización de convocatoria y reconocimiento de cursos de especialización para el profesorado y de habilitación para profesionales del primer ciclo de Educación Infantil.

Sección5. Anuncios
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

MANUEL PEZZI CERETTO Consejero de Educación y Ciencia ORDEN de 25 de febrero de 1997, por la que se establece el procedimiento para la autorización de convocatoria y reconocimiento de cursos de especialización para el profesorado y de habilitación para profesionales del primer ciclo de Educación Infantil.

La necesidad de adaptación del profesorado a las nuevas especialidades que establece la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo y su normativa de aplicación, ha hecho necesario aprobar la norma que permita, de un lado, continuar el proceso de especialización del profesorado funcionario del Cuerpo de Maestros, en distintas áreas, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio, y, de otro lado, iniciar un proceso similar respecto del profesorado de Centros docentes privados y del profesorado de Centros docentes públicos dependientes de Corporaciones Locales. En este contexto se establece la Orden del Ministerio de Educación y Ciencia de 11 de enero de 1996 (BOE núm. 20, 23.1.96) por la que se homologan cursos de especialización para el profesorado de Educación Infantil, de Educación Primaria, de Educación Especial y del primer ciclo de Educación Secundaria Obligatoria y de habilitación para profesionales del primer ciclo de Educación Infantil.

Por otro lado, el Real Decreto 850/1993, de 4 de junio, por el que se regula el ingreso y adquisición de especialidades en los Cuerpos de Funcionarios Docentes, introduce la posibilidad de que los funcionarios del Cuerpo de Maestros obtengan la habilitación para el ejercicio de nuevas especialidades, dentro del mismo Cuerpo, mediante la realización de una prueba. Asimismo, considera que este procedimiento de adquisición de otras especialidades es compatible con el sistema de obtención de la especialización mediante la realización de cursos, que estableció, a su vez, el Real Decreto 895/1989, de 14 de julio.Por todo ello, y de acuerdo con el apartado decimotercero de la citada O.M. de 11.1.1996, la Consejería de Educación y Ciencia considera necesario establecer las normas básicas que permitan regular el procedimiento de autorización de los...

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