ORDEN de 30 de enero de 2004, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Cultural y Tecnológica para la Modernización de Andalucía, de la localidad de Málaga.

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE EDUCACION Y CIENCIA
Rango de LeyOrden

ORDEN de 30 de enero de 2004, por la que se reconoce e inscribe en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas la Fundación denominada Cultural y Tecnológica para la Modernización de Andalucía, de la localidad de Málaga.

Visto el expediente de reconocimiento e inscripción en el Registro de Fundaciones Docentes Privadas de la Fundación denominada «Cultural y Tecnológica para la Modernización de Andalucía» constituida y domiciliada en Málaga, C/ Fernando de Lesseps, núm. 5-3.º C.

ANTECEDENTESDE HECHO Primero. La Fundación «Cultural y Tecnológica para la Modernización de Andalucía» fue constituida en Escrituras Públicas de fecha 15 de julio de 2003, corregidas por otras de fecha 5 de diciembre de 2003, ante don José Justo Navarro Chinchilla, Notario del Ilustre Colegio de Granada, fundada por don Alejo-Ricardo González-Garilleti Orden y otros.

Segundo. Tendrá principalmente, los objetivos y fines siguientes: Promover actividades de investigación, desarrollo y tecnológico y de innovación y promover actividades culturales y de formación para mujeres, discapacitados y cualquier

colectivo desfavorecido que se encuentre no integrado en el mundo laboral.

Tercero. La dotación inicial de la Fundación está constituida por treinta mil sesenta euros (30.060 euros), los cuales se encuentran desembolsados en Montes de Piedad y Caja de Ahorros de Ronda, Cádiz, Almería, Málaga y Antequera (UNICAJA), sucursal núm. 3000 de Málaga.

Cuarto. El gobierno, administración y representaciónde la Fundación, se confía de modo exclusivo a un Patronato, formado por cinco miembros, siendo su Presidente don Alejo-Ricardo González-Garilleti Orden.

Vistos: La Constitución Española, el Estatuto de Autonomía de Andalucía, la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones, y demás normas de general y pertinente aplicación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero. Esta Consejería tiene asignada, en virtud del Decreto 246/2000, de 31 de mayo, de Estructura Orgánica de la Consejería de Educación yCiencia, las competencias sobre las Fundaciones Docentes que desarrollen principalmente sus funciones en Andalucía, ejerciendo en consecuencia el Protectorado sobre las de esta clase.

Segundo. Se han cumplido en la tramitación del expediente todoslos requisitos considerados esenciales por la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones por lo que, procede el reconocimiento del interés público de sus objetivos, y la inscripción en el pertinente Registro de Fundaciones Docentes.

En...

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