DECRETO 67/1986, de 9 de abril, por el que se prorroga para 1986, las ayudas establecidas en el Decreto 124/1985, de 12 de junio, y se establecen subvenciones a las cooperativas juveniles.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorConsejería de Trabajo y Seguridad Social
Rango de LeyDecreto

La Ley de Sociedades Cooperativas Andaluzas reconoce en su artículo 102.1 como tarea de interés público la promoción y estímulo de las sociedades cooperativas andaluzas y de sus estructuras de integración económica y representativa, estableciendo en su apartado 2 la necesidad de dotar adecuadamente a la Consejería de Trabajo y Seguridad Social para el cumplimiento de dicho finalidad.

En cumplimiento de dicho mandato se establecieron, a través del Decreto

124/1985, de 12 de junio, cuatro programas para la promoción y estímulo del cooperativismo, cuyos satisfactorios resultados aconsejan su prórroga durante 1986.

De otra parte, y en relación con los objetivos que se establecen en el Plan "Andalucía Joven", se incluye un programa destinado a subvencionar las iniciativas empresariales de los jóvenes que se integren en cooperativas juveniles, facilitando ayudas adecuadas a sus específicas peculiaridades.

Finalmente, el Decreto remite a sus disposiciones de desarrollo, la regulación del procedimiento para la concesión de las ayudas que se contienen en el Programa I de la Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de 21 de febrero de 1986, en la que se establecen diversas medidas de apoyo al empleo en cooperativas y sociedades laborales, cuya gestión fue transferida a la Comunidad Autónoma de Andalucía por el Real Decreto 1056/1984, de 9 de mayo. Para la ejecución de las ayudas del presente Decreto, existe la correspondiente dotación presupuestaria de trescientos veinticinco millones de pesetas (325.000.000).

En su virtud, a propuesta del...

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