DECRETO 136/1998, de 23 de junio, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 1998, para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en colaboración con el INEM y...

Sección4. Administración de Justicia
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION Y JUSTICIA
Rango de LeyDecreto

DECRETO 136/1998, de 23 de junio, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 1998, para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en colaboración con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento de Empleo Agrario.

Como en anteriores ejercicios, la Administración de la Junta de Andalucía establece mediante el presente Decreto el procedimiento para la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los préstamos que, durante el ejercicio 1998, concierten las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras realizadas por las Corporaciones Locales en colaboración con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario.

Esta cooperación se hará extensiva a los créditos contraídos por dichas Corporaciones y destinados a sufragar el coste de materiales de los proyectos de obras realizados en colaboración con el INEM, en aplicación de los Fondos Adicionales por Inclemencias Meteorológicas del ejercicio 1997, toda vez que no pudo darse cumplimiento a este compromiso en el citado ejercicio, al determinarse la aportación estatal -obligado referente de la Administración Autónoma-con posterioridad a la promulgación del Decreto 219/1997, de 30 de septiembre, norma ésta que daba cobertura en dicho período a este programa de ayudas públicas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, y en el artículo 39 de la Ley General de la Hacienda Pública de la Comunidad Autónoma de Andalucía, en su redacción dada por la Ley 6/1990, de 29 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma para 1991, a propuesta de la Consejera de Gobernación y Justicia, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 23 de junio de 1998,

DISPONGO

Artículo 1 Cooperación de la Administración de la Junta de Andalucía a la financiación del Programa de Fomento del Empleo Agrario 1998 y de los fondos adicionales por inclemencias meteorológicas del ejercicio 1997.

La Administración de la Junta de Andalucía cooperará, en los términos del presente Decreto, a la financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales para la ejecución de las obras que las Corporaciones Locales efectúen en concierto con el INEM de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para 1998 y para la distribución de los fondos adicionales por inclemencias meteorológicas del ejercicio 1997.

Artículo 2 Solicitud y objeto de la subvención

Convenios de colaboración.

  1. Las Diputaciones Provinciales que concierten préstamos con Entidades de crédito para sufragar...

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