DECRETO 163/2001, de 3 de julio, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 2001, para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración...

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE GOBERNACION
Rango de LeyDecreto

DECRETO 163/2001, de 3 de julio, por el que se determina la financiación por la Administración de la Junta de Andalucía de los préstamos concertados por las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito durante el ejercicio 2001, para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el Inem y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario.

Como en anteriores ejercicios, la Administración de la Junta de Andalucía establece mediante el presente Decreto el procedimiento para la concesión de subvenciones dirigidas a la financiación de los préstamos que, durante el ejercicio 2001, concierten las Diputaciones Provinciales con Entidades de crédito para la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las Corporaciones Locales en colaboración con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario, correspondiente al ejercicio 2001.

Esta cooperación se hará extensiva a los créditos contraídos por dichas Corporaciones y destinados a sufragar el coste de materiales de los proyectos de obras y servicios realizados en colaboración con el INEM, en aplicación de los Fondos Remanentes del ejercicio 2000, toda vez que no pudo darse cumplimiento a este compromiso en el citado ejercicio, al determinarse la aportación estatal -obligado referente de la Administración Autónoma-con posterioridad a la promulgación del Decreto 237/2000, de 23 de mayo, norma esta que daba cobertura en dicho período a este programa de ayudas públicas.

En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 26.15 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, a propuesta del Consejero de Gobernación, y previa deliberación del Consejo de Gobierno, en su reunión del día 3 de julio de 2001,

D I S P O N G O

Artículo 1 Cooperación de la Administración de la Junta de Andalucía a la financiación del Programa de Fomento del Empleo Agrario 2001 y de los Fondos Remanentes del ejercicio 2000.

La Administración de la Junta de Andalucía cooperará, en los términos del presente Decreto, a la financiación de los créditos contraídos por las Diputaciones Provinciales para la ejecución de las obras o servicios que las Corporaciones Locales efectúen en concierto con el INEM de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para 2001, así como la aplicación de los Fondos Remanentes del ejercicio 2000.

A estos efectos, se suscribirá un Convenio tripartito por la Administración de la Junta de Andalucía, las Diputaciones Provinciales y la Entidad de crédito que corresponda, para determinar las condiciones financieras, así como Convenios de colaboración entre las Administraciones autonómica y provincial para fijar los porcentajes de aportación de la Administración de la Junta de Andalucía y de cada una de las Diputaciones Provinciales.

Artículo 2 Objeto de la subvención.

Las Diputaciones Provinciales que concierten préstamos con Entidades de crédito para sufragar el coste de materiales de los proyectos de obras y/o servicios a ejecutar por la propia

Diputación o las Corporaciones Locales en colaboración con el INEM y de acuerdo con el Programa de Fomento del Empleo Agrario para el ejercicio 2001, o aplicación de Fondos Remanentes del ejercicio 2000, podrán solicitar de la...

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