Orden de 24 de junio de 2009, por la que se regulan los premios «Andaluna de Atención a la Infancia» y se convocan en su tercera edición.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyOrden

La Ley 1/1998, de 20 de abril, de los derechos y la atención al menor, regula el marco jurídico de actuación en materia de promoción y protección de los derechos de la infancia en Andalucía. Así, dispone que corresponde a las Administraciones Públicas de Andalucía velar para que las personas menores de edad gocen en el ámbito de la Comunidad Autónoma de todos los derechos y libertades que tienen reconocidos por la Constitución, la Convención de Derechos del Niño y demás acuerdos internacionales ratificados por España, así como por el resto del ordenamiento jurídico.

Para garantizar el adecuado ejercicio de tales derechos es necesario que las Administraciones Públicas andaluzas actúen de forma coordinada, colaborando con el resto de las Administraciones Públicas del Estado español. Pero esta tarea no es exclusivamente administrativa, sino que cuenta también con el compromiso de la sociedad a través de la participación de las familias y de las entidades de iniciativa social, bien de modo particular o mediante instituciones colaboradoras, como exponentes de la existencia de una responsabilidad ciudadana, que es consciente de que el cuidado de la infancia es una labor de todos.

Particular mención merece, en materia de promoción y protección de los derechos de los niños y niñas, el papel que desempeñan los medios de comunicación, a fin de trasladar a la sociedad las necesidades, los anhelos y, en definitiva, la realidad de las personas menores de edad, como vehículo idóneo de sensibilización social.

La Consejería para la Igualdad y Bienestar Social no sólo ha venido fomentando la participación social en las actuaciones relativas a la infancia, sino que ha impulsado asimismo acciones de reconocimiento por la tarea desarrollada. De este modo, la Orden de 30 de julio de 2007, por la que se creaban y regulaban los premios «Andaluna de Atención a la Infancia», instituyó un reconocimiento público a la labor de aquellas entidades o personas que más se hubieran distinguido en la defensa de los derechos de las personas menores de edad, con el fin de ir estableciendo mecanismos que posibilitaran el conocimiento, divulgación y sensibilización a la sociedad en general de los derechos de la infancia, su realidad y sus necesidades.

Tras dos años de vigencia de estos premios, que han gozado de un gran prestigio, se plantea la necesidad de modificar la Orden de 30 de julio de 2007, a fin de incorporar a la misma los resultados de la experiencia adquirida en este período, durante el cual se ha consolidado la figura de «Andaluna» como referente creado por la Junta de Andalucía para transmitir sus mensajes de educación en valores positivos para la infancia.

En particular, en esta nueva Orden se regulan cuatro modalidades de premios Andaluna de Atención a la Infancia:

Un primer premio a la Promoción de los Derechos de la Infancia, destinado al reconocimiento de la labor desarrollada por la Administración Pública, institución, entidad social, persona física, persona jurídica o medio de comunicación social que en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía se haya distinguido por su labor de fomento y sensibilización en pro de los derechos de la infancia, a fin de lograr su cumplimiento. Se trata, pues, de premiar actuaciones que tiendan a garantizar en la sociedad la asunción de comportamientos de respeto y cumplimiento de los derechos de los niños, niñas y adolescentes.

Un segundo premio a la Defensa de los Derechos de la Infancia, con el que se distinguirá a la Administración Pública, institución, entidad social, persona física, persona jurídica o medio de comunicación social que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se haya caracterizado por sus actuaciones encaminadas a prevenir y evitar situaciones de desprotección o a garantizar la atención integral de las personas menores de edad en el caso en que se lleguen a producir estas situaciones. En este caso, se destaca la idea de que la defensa de los derechos de los niños y niñas consiste no sólo en proteger a éstos ante las violaciones de sus derechos, sino en la adopción de medidas para prevenir que se lleguen a producir tales violaciones, garantizándose que los menores y las menores disfruten, en todo momento, de los cuidados que son necesarios para su completo desarrollo.

Un tercer premio a la Trayectoria en Defensa de los Derechos de la Infancia, dirigido a la Administración Pública, institución, entidad social, persona física, persona jurídica o medio de comunicación social que, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, se haya distinguido por su labor permanente y duradera en la promoción, prevención, protección o defensa, en general, de los derechos de las personas menores de edad, contribuyendo con su esfuerzo y trabajo al fomento, la acción divulgativa o el efectivo ejercicio o goce de los...

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