Orden de 29 de mayo de 2009, por la que se convoca el IV Premio Andaluz a las Buenas Prácticas en la Atención a las Personas con Discapacidad.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA PARA LA IGUALDAD Y BIENESTAR SOCIAL
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2007, de 19 de marzo, de Reforma del Estatuto de Autonomía para Andalucía recoge, entre los principios rectores de las políticas públicas de nuestra Comunidad Autónoma, el de autonomía e integración social y profesional de las personas con discapacidad, de acuerdo con los principios de no discriminación, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.

La Ley 1/1999, de 31 de marzo, de Atención a las Personas con Discapacidad en Andalucía, establece las actuaciones dirigidas a la atención y promoción del bienestar de las personas con discapacidad física, psíquica y sensorial, mediante el ejercicio de una acción administrativa coordinada entre la Administración de la Junta de Andalucía y las Entidades Locales, así como con la colaboración de la iniciativa social.

Para reconocer públicamente la labor de calidad realizada por personas físicas, entidades o instituciones, tantos públicas como privadas en la lucha por la eliminación de las barreras que impiden el normal desenvolvimiento de las personas con discapacidad, en el año 2005, la Consejería para la Igualdad y Bienestar Social, mediante el Decreto 259/2005, de 29 de noviembre, creó el Premio Andaluz a las Buenas Prácticas en la Atención a Personas con Discapacidad.

Tras la celebración de las tres primeras ediciones, con gran aceptación y buen nivel de candidaturas, mediante la presente Orden se procede a convocar la IV Edición de estos premios, como una práctica ya consolidada, y con el único objetivo de seguir agradeciendo y reconociendo a la sociedad su participación en la lucha por la normalización en el desarrollo de las Personas con Discapacidad.

En virtud de lo expuesto, y en virtud de las atribuciones legales que me vienen conferidas conforme a lo dispuesto en el artículo 26 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la de la Junta de Andalucía, así como en lo dispuesto en el artículo 1.2.d) del Decreto 205/2004, de 11 15 de mayo, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería para la Igualdad y el Bienestar Social,

D I S P O N G O

Artículo 1 Objeto.

Constituye el objeto de esta Orden la regulación y convocatoria del IV Premio Andaluz las Buenas Prácticas en la Atención a Personas con Discapacidad.

Artículo 2 Bases, plazo y requisitos.
  1. La presente convocatoria se regirá por las bases que se publican como Anexo 1 de esta Orden.

  2. El plazo de presentación de candidaturas comenzará el día siguiente al de la publicación de la presente Orden en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y finalizará el 31 de julio de 2009.

  3. Podrán concurrir a esta convocatoria, en sus distintas modalidades, las personas físicas, colectivos, entidades o instituciones, tanto públicas como privadas, que por su trayectoria o labor, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía, hayan contribuido...

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