ACUERDO de 30 de junio de 2004, del Pleno, de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, sobre las Comisiones Permanentes.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorPARLAMENTO DE ANDALUCÍA
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO de 30 de junio de 2004, del Pleno, de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, sobre las Comisiones Permanentes.

ACUERDO del Pleno del Parlamento de Andalucía de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, sobre las Comisiones Permanentes.

PRESIDENCIA DEL PARLAMENTO DE ANDALUCIA

El Pleno del Parlamento de Andalucía, en sesión celebrada los días 29 y 30 de junio de 2004, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47.4 del Reglamento de la Cámara, y a instancia de todos los grupos parlamentarios, ha adoptado el siguiente acuerdo de modificación del adoptado el 12 de mayo de 2004, 7-04/OAPP-000005, sobre Comisiones Permanentes: Artículo único.

Primero. Se modifica el artículo 47 del Reglamento del Parlamento de Andalucía en sus apartados 1 y 2, quedando redactados de la siguiente manera:

1. Son Comisiones Permanentes Legislativas las siguientes:

1.ª Coordinación.

2.ª Economía, Hacienda y Presupuestos.

3.ª Justicia y Régimen de las Administraciones Públicas.

4.ª Innovación, Ciencia y Empresa.

5.ª Infraestructuras, Transportes y Vivienda.

6.ª Empleo.

7.ª Turismo, Comercio y Deporte.

8.ª Agricultura, Ganadería y Pesca.

9.ª Salud.

10.ª Educación.

11.ª Igualdad y Bienestar Social.

12.ª Cultura.

13.ª Medio Ambiente.

14.ª Desarrollo Estatutario.

2. Son también Comisiones Permanentes aquellas que deban constituirse por disposición legal y las siguientes:

1.ª Reglamento.

2.ª Estatuto de los Diputados.

3.ª Gobierno Interior y Derechos Humanos.

4.ª Discapacidad.

5.ª Seguimiento y Control de la Empresa Pública de la RTVA y de sus Sociedades Filiales.

6.ª Seguimiento y Control de la Financiación de los Partidos Políticos con Representación en el Parlamento de Andalucía.

7.ª Asuntos Europeos.

Segundo. Se adiciona un nuevo apartado a la Disposición Adicional Primera del Acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía sobre las Comisiones Permanentes de 12 de mayo de 2004, que queda redactado como sigue:

14.º Desarrollo Estatutario, que comprende el estudio y propuestas de posibles reformas del Estatuto de Autonomía para Andalucía, así como la valoración, seguimiento y control del proceso de transferencias a la Comunidad Autónoma de Andalucía, de sus sistemas de financiación y estudio de propuestas de índole legislativa sobre reformas de la legislación electoral andaluza.

Tercero. Se suprime el apartado 4.º de la Disposición Adicional Segunda del Acuerdo del Pleno del Parlamento de Andalucía sobre las...

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