DECRETO 283/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Cooperación para el desarrollo.
Sección | 1. Disposiciones Generales |
Emisor | CONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA |
Rango de Ley | Decreto |
CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA
DECRETO 283 /2007, de 4 de diciembre, por
el que se aprueba el Plan Andaluz Cooperación
para el desarrollo.
El Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su artícu-
lo 10.3.23.°, define como uno de los objetivos básicos de
la Comunidad Autónoma «la cooperación internacional
con el objetivo de contribuir al desarrollo solidario de los
pueblos». Asimismo, el Capitulo V del Título IX del texto
estatutario, que se refiere a la Cooperación al Desarrollo,
establece en el apartado 1 de su artículo 245 que «el
pueblo andaluz participa de la solidaridad internacional
con los países menos desarrollados promoviendo un or-
den internacional basado en una más justa distribución
de la riqueza». El apartado 2 de este mismo artículo ex-
presa que la «Comunidad Autónoma de Andalucía des-
plegará actividades de cooperación para el desarrollo en
dichos países, dirigidas a la erradicación de la pobreza,
la defensa de los derechos humanos y la promoción de la
paz y los valores democráticos, particularmente en Ibe-
roamérica, el Magreb y el conjunto de Africa». El artículo
247 recoge que «la Junta de Andalucía impulsa y coordi-
na las acciones exteriores de las Corporaciones locales,
de los organismos autónomos y de otros entes públicos
de Andalucía en materia de cooperación exterior, respe-
tando la autonomía que en cada caso corresponda».
El apartado 1 del artículo 6 de la Ley 14/2003, de
22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el
Desarrollo establece que la política de la Junta de An-
dalucía en materia de cooperación internacional para el
desarrollo se articula a partir del Plan Andaluz de Coope-
ración para el Desarrollo, los planes anuales y los progra-
mas operativos por países. Este mismo precepto legal
señala en su apartado 2, que el Plan, cuya duración es
cuatrienal, contendrá los objetivos y las prioridades que
deben regir esta política durante su período de vigencia,
y determinará los recursos financieros indicativos para
su ejecución.
El Plan tiene su fundamento en el objetivo esencial
de la política de cooperación internacional para el de-
sarrollo de la Junta de Andalucía que, como establece
el artículo 3 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre,
es contribuir a la erradicación de la pobreza y a la con-
solidación de los procesos...
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