DECRETO 283/2007, de 4 de diciembre, por el que se aprueba el Plan Andaluz de Cooperación para el desarrollo.

Sección1. Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERIA DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyDecreto

CONSEJERÍA DE LA PRESIDENCIA

DECRETO 283 /2007, de 4 de diciembre, por

el que se aprueba el Plan Andaluz Cooperación

para el desarrollo.

El Estatuto de Autonomía de Andalucía, en su artícu-

lo 10.3.23.°, define como uno de los objetivos básicos de

la Comunidad Autónoma «la cooperación internacional

con el objetivo de contribuir al desarrollo solidario de los

pueblos». Asimismo, el Capitulo V del Título IX del texto

estatutario, que se refiere a la Cooperación al Desarrollo,

establece en el apartado 1 de su artículo 245 que «el

pueblo andaluz participa de la solidaridad internacional

con los países menos desarrollados promoviendo un or-

den internacional basado en una más justa distribución

de la riqueza». El apartado 2 de este mismo artículo ex-

presa que la «Comunidad Autónoma de Andalucía des-

plegará actividades de cooperación para el desarrollo en

dichos países, dirigidas a la erradicación de la pobreza,

la defensa de los derechos humanos y la promoción de la

paz y los valores democráticos, particularmente en Ibe-

roamérica, el Magreb y el conjunto de Africa». El artículo

247 recoge que «la Junta de Andalucía impulsa y coordi-

na las acciones exteriores de las Corporaciones locales,

de los organismos autónomos y de otros entes públicos

de Andalucía en materia de cooperación exterior, respe-

tando la autonomía que en cada caso corresponda».

El apartado 1 del artículo 6 de la Ley 14/2003, de

22 de diciembre, de Cooperación Internacional para el

Desarrollo establece que la política de la Junta de An-

dalucía en materia de cooperación internacional para el

desarrollo se articula a partir del Plan Andaluz de Coope-

ración para el Desarrollo, los planes anuales y los progra-

mas operativos por países. Este mismo precepto legal

señala en su apartado 2, que el Plan, cuya duración es

cuatrienal, contendrá los objetivos y las prioridades que

deben regir esta política durante su período de vigencia,

y determinará los recursos financieros indicativos para

su ejecución.

El Plan tiene su fundamento en el objetivo esencial

de la política de cooperación internacional para el de-

sarrollo de la Junta de Andalucía que, como establece

el artículo 3 de la Ley 14/2003, de 22 de diciembre,

es contribuir a la erradicación de la pobreza y a la con-

solidación de los procesos...

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