RESOLUCION de 24 de junio de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda de Cañadalerma, en el tramo que va desde su inicio hasta pasado el descansadero de la Fuente de Cañadalerma, incluido éste, en el término municipal de Montilla, provincia de Córdoba (VP 593/02).

Sección3. Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE
Rango de LeyResolución

RESOLUCION de 24 de junio de 2004, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria denominada Vereda de Cañadalerma, en el tramo que va desde su inicio hasta pasado el descansadero de la Fuente de Cañadalerma, incluido éste, en el término municipal de Montilla, provincia de Córdoba (VP 593/02).

Examinado el expediente de deslinde de la vía pecuaria denominada «Vereda de Cañadalerma», en el tramo comprendido desde su inicio, en el Descansadero de El Fontanar, hasta pasado el Descansadero de la Fuente de Cañadalerma, ambos incluidos, en el término municipal de Montilla (Córdoba), instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Córdoba, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO Primero. La vía pecuaria denominada «Vereda de Cañadalerma», en el término municipal de Montilla, provincia de Córdoba, fue clasificada por Orden Ministerial de fecha 28 de enero de 1941.

Segundo. Mediante Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 18 de noviembre de 2002, se acordó el inicio del deslinde de la vía pecuaria «Vereda de Cañadalerma», en el tramo antes descrito, en el término municipal de Montilla, en la provincia de Córdoba.

Tercero. Los trabajosmateriales de deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se realizaron el 6 de marzo de 2003, notificándose dicha circuns tancia a todos los afectados conocidos, siendo asimismo publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba núm. 16, de fecha 3 de febrero de 2003.

En dicho acto se formularon las siguientes alegaciones por parte de:

- Don Francisco Alcaide Carrasquilla y don Antonio Tejada Jurado muestran su desacuerdo con la propuesta de trazado realizada, alegando que ante los indicios mostrados en el campo, en la zona de sus parcelas, la línea base izquierda debería ajustarse al pie del talud del camino, puesto que en esa zona la vía pecuaria que han conocido toda la vida estaba casi en su totalidad en la parcela enfrentada a la suya.

Estudiadas las alegaciones anteriores, las mismas se han estimado, y al determinar las líneas base de la vía pecuaria se ha tomado como criterio el eje del camino existente (una vez comprobada la coincidencia con el eje del camino antiguo), procediéndose a la rectificación de las líneas base entre los pares 15 a 18, y realizándose las correcciones pertinentes en los Planos de Deslinde.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos, e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Córdoba, núm. 146, de fecha 5 de noviembre de 2003.

Quinto. A la Proposición de Deslinde se han presentado alegaciones por parte de los siguientes interesados:

- Don Miguel Baños Muñoz.

- Ayuntamiento de Montilla.

...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR